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Panamá, 27 de noviembre de 2008
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Corte ordena restituir a fiscal



PANAMÁ. La fiscal tercera superior del primer distrito judicial Argentina Barrera Flores, separada de su cargo el 26 de agosto de 2005, por la procuradora general de la Nación, Ana Matilde Gómez, podría regresar a su cargo, tras lograr un fallo favorable de la Corte Suprema de Justicia.

El pasado 20 de noviembre de 2008, bajo la ponencia del magistrado Víctor Benavides de la Sala Tercera (contencioso administrativa), se declaró ilegal la separación de Barrera Flores y se ordenó su reintegro a su puesto.

Además, se le tendrá que pagar el mismo salario que devengaba al momento de ser destituida. Los aumentos salariales que se hayan dado durante el tiempo que la demanda estuvo en curso, y el pago de los salarios dejados de percibir desde el momento de su destitución, hasta su reintegro.

El proceso legal empezó el 11 de marzo de 2005, luego de que la fiscal segunda de circuito de Veraguas, Dalvis Barrios comunicara a la secretaría de la Procuraduría General de la Nación de una supuesta anomalía.

Aparentemente, dentro del expediente seguido al menor de edad William Agustín González, por el presunto delito contra la vida y la integridad personal en perjuicio del menor Erly Urriola, se suprimió una certificación médica que fue reemplazada por otra que aumentó la incapacidad y determinó que la vida del menor estuviera en peligro.

Como consecuencia se esto, en lugar de ordenar “desaprehensión del menor William González, se procedió a ordenar su detención provisional”, se explica en el expediente.

Conocido estos elementos la procuradora Gómez procedió a practicar diversas pruebas testimoniales, inspección judicial y documentales, lo que supuestamente demostraba la existencia de un hecho irregular con la participación de varios funcionarios y ex funcionarios, entre ellos Argentina Barrera Flores.

En consecuencia, a la fiscal Barrera Flores se le imputó las siguientes faltas disciplinarias: violación del principio de estricta legalidad, ética judicial y deberes y prohibiciones consignados en el reglamento de Carrera de Instrucción Judicial. Debido a que solo había testimonios con contradicciones y falta de pruebas que la vincularan al caso fue favorecida por la Corte Suprema de Justicia.

 
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