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Justicia
Ciudadanos podrán opinar en selección de Magistrados de la Corte
![]() La Comisión Especial de Credenciales deberá recibir las opiniones ciudadanas respecto a las figuras de los aspirantes.
ABDIEL AUGUSTO PATINO
apatino@laestrella.com.pa [06:50:18 am]
El Consejo de Gabinete aprobó el proyecto de resolución por el cual se adiciona un artículo a la Resolución N° 121 de 18 de septiembre de 2009, modificada por la Resolución de Gabinete N° 133 de 13 de octubre de 2009, “que reglamenta el procedimiento para acordar los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de sus respectivos suplentes, con sujeción a la aprobación de la Asamblea Nacional”. Con esta modificación la Comisión de Credenciales podrá recibir las opiniones que se generen por escrito, referentes a a los aspirantes a cargos de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. La reforma establece que toda opinión que se presente respecto a los aspirantes debe hacerse por escrito y contendrá los siguientes elementos: nombre y datos particulares de la persona que presenta el escrito, relación de los hechos fundamentales en que se basa su opinión; lugar, fecha y firma de la persona interesada; y las pruebas de que disponga. Los ciudadanos que deseen hacer valer este derecho dispondrían del término de tres (3) días hábiles, contado a partir de la última publicación de la lista de aspirantes acreditados, para presentar sus opiniones, en el lugar y durante el horario que, para tales efectos, establezca la Comisión Especial de Credenciales. La Comisión Especial de Credenciales deberá publicar, por dos (2) días calendario consecutivos, en dos (2) diarios de circulación nacional, un anuncio que contendrá el lugar y el horario determinados para la recepción de las opiniones a que hace referencia a esta nueva normativa. Publicidad
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