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VACÍOS LEGALES SOBRE SEGURIDAD CIBERNÉTICA
Protección de datos: derecho sin legalizar
![]() Los riesgos ya no solo son con manejo de información tangible, ahora alcanza la cultura virtual. Leyes dispersas no llenan las necesidades. Protegen a las bases de datos, pero no al titular. Violaciones pueden ser tangibles o virtuales. Protección a la información es también un deber
LUIS BATISTA
lbatista@laestrella.com.pa PANAMÁ. ¡La profesora fue fotografiada en cueros! Sus fotos las subieron a la internet; allí la pudieron ver.
¿Recuerda usted ese caso? El escándalo reventó en noviembre del año pasado en la provincia de Chiriquí, al occidente de Panamá. La educadora trabajaba en un colegio secundario público de esa provincia, donde quedó descubierta una parte de su vida sexual. Su derecho a la protección de datos sobre su intimidad quedó violada, pero su caso no es el primero ni el último. Así ocurren muchos, cuyos afectados desconocen las causas y consecuencias de lo que significa la violación al derecho de protección de datos que puede ser virtual o de forma tangible. El tema no solo involucra los datos e información de la vida amorosa de una persona, sino su situación e historial económico, médico, familiar, domiciliario y hasta penal a propósito del ‘pele police’, que por derecho humano debe tener la información actualizada. EXPERIENCIA ESPAÑOLA Recientemente, funcionarios de la Defensoría del Pueblo organizaron una conferencia sobre el tema en mención. El invitado especial fue el director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo, que habló acerca de la experiencia en España: ‘Con el derecho a la protección de datos, los ciudadanos tienen la posibilidad de controlar no solo al poder público, sino a las empresas privadas, teniendo acceso y sabiendo qué información personal están tratando, almacenando y también depurando de aquellas bases de datos que contengan inexactitudes o que acumulen información personal sin que exista una legitimación amparada por el consentimiento de su titular o de otro tipo de disposiciones’. Para el defensor del pueblo, Ricardo Vargas, más que de la protección de datos ‘se trata de la protección de la persona física y eso en sí entraña un derecho humano fundamental’. VACÍO LEGAL A pesar de que Panamá cuenta con una de las mejores plataformas tecnológicas de la región, el país tiene un gran vacío legal sobre la protección de datos. ‘Tenemos muchas leyes dispersas que tratan el tema, pero hace falta una ley macro que realmente regule desde la perspectiva del titular; es decir, de la persona no de la protección de la base de datos’, manifestó el ex fiscal en Delitos Informáticos Ramiro Esquivel. Existen penas de dos a cuatro años de prisión por violación a base de datos, y con agravante podría ser seis años máximo. En el 2009, se reportaron entre 8 a 10 casos en la Fiscalía en Delitos Informáticos. La autorización para que las instituciones financieras verifiquen el historial crediticio de una persona debe ser válida para una sola ocasión y no quedar abierta a más tiempo; prohibir el intercambio de información financiera sin permiso del titular; son algunos puntos que, según los expertos, debería incluir la normativa sobre la protección de datos e información. En cuanto a la forma tangible, Esquivel consideró inaceptable que en algunos edificios inteligentes del país se escanee la cédula de identidad personal de las personas que a ellos ingresan, además repudió que algunas instituciones bancarias pidan huella dactilar a sus clientes. ‘¿Qué se hace con esa información? ¿Quién me garantiza el buen uso de mis datos personales?’, se preguntó el ex funcionario. Sobre ese punto, se trató de obtener una versión de la Superintendencia de Bancos, pero fue infructuoso. No dieron respuesta. Esquivel consideró preocupante el hecho de que muchos panameños regalemos nuestros datos, pues dice que ‘somos muy dados a llenar boletos de rifas y después no sabemos cómo nos llegan los correos basura, y nos llaman para ofrecernos bienes o servicios’. Publicidad
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