Cuestionan tasa para soterramiento

Actualizado
  • 05/04/2012 02:00
Creado
  • 05/04/2012 02:00
PANAMÁ.. El proyecto de Ley N° 423, que establece una tasa de 0.5% para cubrir los costos del soterramiento de cables e infraestructura ...

PANAMÁ.. El proyecto de Ley N° 423, que establece una tasa de 0.5% para cubrir los costos del soterramiento de cables e infraestructura de los servicios de telecomunicaciones y de televisión pagada e infraestructura de estos servicios, sigue siendo cuestionado por la ciudadanía.

OPINIÓN

Ernesto Cedeño, doctor en derecho, dijo que esta tasa aplicable en la facturación mensual de los servicios de telecomunicación básica y de televisión por cable solo será para los clientes, en cambio las empresas millonarias, que ofrecen el servicio, pagarían una suma desconocida que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) determinará en el futuro.

Añadió que en el proyecto no se definen claramente los beneficios que tendrán los clientes por la tasa impuesta ni por el soterrado proyectado, se establece una tasa a perpetuidad, mientras que el soterramiento tiene un término para su conclusión.

Esto impone una carga adicional a los clientes de telefonía, la que se suma a la impuesta por la portabilidad numérica, que se grava a todo un país con una tasa, desnaturalizando el concepto de lo que significa esta palabra, que es ‘el tributo que se impone al disfrute de ciertos servicios o al ejercicio de ciertas actividades’, esta idea cambia todo el concepto de lo que se conoce como ‘tasa’ y que está recogido en el Código Fiscal (en sus articulados) para el tributo que se paga como consecuencia de un servicio que se recibe del Estado, detalló el jurista.

Este procedimiento podría ser inconstitucional porque la Asamblea Nacional estaría gravando con una tasa a la población, sin que ésta obtenga el beneficio de un servicio. Proyectos como este, en que para procurar remediar un aspecto —principalmente estético— afectan impositivamente a los menos acaudalados económicamente, finalizó el abogado.

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