Corte Suprema: ‘creación de la ANIP violó Carta Magna’

Actualizado
  • 23/08/2014 02:00
Creado
  • 23/08/2014 02:00
Los magistrados aseguran que a la entidad se le dieron funciones que son competencia del presidente de la República 

El fallo que declaró inconstitucional la ley que creó la Autoridad de los Ingresos Públicos (ANIP) establece que la referida norma viola la Carta Magna. El documento, además, le devuelve vigencia al decreto que crea la Dirección General de Ingresos (DGI), para evitar el vacío jurídico en la cobranza de los impuestos.

Los magistrados determinaron que a la entidad ‘se le asignan funciones que son de la privativa competencia del presidente, del ministro de Economía y Finanzas y dificulta la labor del Consejo de Gabinete, al otorgarle funciones a una entidad autónoma cuyo director no forma parte de dicho organismo ejecutivo’. Este hecho es contrario a lo que establece el artículo 184 de la Constitución, que concede facultades al presidente y al ministro de custodiar el manejo de las recaudaciones y administración de las rentas nacionales.

Basándose en este artículo, el abogado tributarista José Javier Rivera respalda la decisión de los magistrados y aseguró que cuando se creó la ANIP ‘se cortó el cordón umbilical entre el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y se le dio autonomía al director de una institución para hacer y deshacer lo que viola la Constitución’. A juicio de Rivera, ‘la recaudación es una función privativa del presidente y del ministro, y no de un administrador’.

El fallo de la Corte contempló que la recaudación de los impuestos no quedará a la deriva frente al cese de la ANIP. Así fue que la Dirección General de Ingresos (DGI), que recaudaba los impuestos antes de la creación de la ANIP, recuperó su vigencia. Así lo establece el documento y lo sustenta Rivera.

La DGI llenaría el vacío jurídico que dejó la ANIP en la recaudación de los impuestos mientras la Asamblea Nacional evalúa un proyecto para crear una entidad recaudadora de acuerdo con las necesidades actuales.

El proyecto de ley que creará la nueva DGI se encuentra en la agenda para pasar a primer debate, el próximo lunes, en la Asamblea Nacional. Sin embargo, ya tiene sus detractores.

El punto que parece ser la manzana de la discordia es aquel que establece que los impuestos morosos podrían ser cobrados por empresas privadas. ‘Esto contraría el fallo de la Corte’, advirtió el constitucionalista, Miguel Antonio Bernal.

Rivera apoya la tesis del constitucionalista. Mientras esto ocurre, el abogado Adolfo Linares recomienda a los contribuyentes continuar con el pago de sus impuestos, porque el Estado sigue con la responsabilidad de cobrar sus tributos.

El fallo de la Corte cuestiona, además, el nombramiento del administrador de la ANIP, Luis Cucalón. El documento que establece que el administrador de la ANIP sea designado por un periodo fijo de siete años atenta contra el artículo 184 de la Constitución, que otorga al presidente la facultad de nombrar a los jefes, gerentes y directores de entidades estatales.

El fallo de la máxima magistratura del país, que fue firmado el pasado 11 de agosto, aún no ha sido promulgado, por lo que todavía no es ley de la República.

La ANIP fue propuesta y sancionada hace 16 meses, por el entonces presidente de la República, Ricardo Martinelli, quien designó a Luis Cucalón.

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