¿Qué es la planilla 03 y cómo funciona?

Actualizado
  • 25/06/2018 02:00
Creado
  • 25/06/2018 02:00
Todo empleador deberá recibir de los trabajadores las certificaciones y declaraciones juradas que le permitan comprobar el monto de estas deducciones

La planilla 03 es un informe donde el empleador deberá anotar la información de todos sus trabajadores correspondientes al año calendario, 12 meses (01 de enero al 31 de diciembre), independientemente de que el período fiscal del empleador no cierre en diciembre.

Este informe deberá ser presentado ante la DGI dentro de los 5 primeros meses del año, es decir hasta el 31 de mayo. La no presentación de este informe genera una multa de $ 1,000.00 más recargos e intereses del monto de ISR que salga a pagar.

Con la finalidad de pagar o devolver a los trabajadores los créditos que resulten a favor por razones de las deducciones personales previstas en los numerales 5, 6 y 7 del Artículo 709 del Código Fiscal, todo empleador deberá recibir de los trabajadores las certificaciones y declaraciones juradas que le permitan comprobar el monto de estas deducciones personales, que a saber son:

A) Las sumas pagadas en concepto de intereses por préstamos hipotecarios que se hayan destinado o se destinen exclusivamente a la adquisición, construcción, edificación o mejoras de la vivienda principal de uso propio del contribuyente, siempre que la misma esté ubicada en la República de Panamá. Esta suma podrá aplicarse hasta por un máximo anual de $15,000.00.

B) Intereses pagados en conceptos de préstamos que se destinen exclusivamente a la educación dentro del territorio nacional del contribuyente o a préstamos para tal fin otorgados por el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU).

C) Los gastos médicos efectuados dentro del territorio nacional por el contribuyente, siempre que estén debidamente comprobados, tomando en consideración que abarcan primas correspondientes a pólizas de seguros de hospitalización y atención médica.

D) Sumas pagadas por el contribuyente en concepto de hospitalizaciones, diagnósticos, cura, prevención, alivio o tratamiento de enfermedades, siempre que no estén cubiertas por pólizas de seguro.

Dicho lo anterior, también se deben reportar los datos de identidad de cada trabajador, número de meses trabajados, considerando el mes de vacaciones; remuneraciones recibidas durante el año, considerando vacaciones, las bonificaciones, el aguinaldo y el décimo tercer mes.

Además, deben declararse los gastos de representación, la deducción conjunta, los impuestos retenidos en concepto de impuesto sobre la renta por salarios y por gasto de representación.

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