Residentes de Limajo interponen amparo de garantías ante CSJ

Actualizado
  • 05/09/2018 02:01
Creado
  • 05/09/2018 02:01
La suerte de los residentes de las tres torres ubicadas en Limajo está en la Corte. Una tubería fracturada y obstruida tras la construcción de la última de ellas tiene a todo el sector preso de constantes inundaciones

Mediante un amparo de garantías interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), los residentes de las tres edificaciones ubicadas en la urbanización Limajo, en el distrito de San Miguelito, lograron retrasar la orden de demolición dada por el Ministerio de Obras Públicas (MOP) sobre sus residencias, además de la multa de $100 mil que debe pagar cada junta directiva por construir sobre la servidumbre pluvial.

Rodolfo Serrano, presidente de la Junta Directiva manifestó que el amparo de garantías obedece a que el titular del MOP, Ramón Arosemena, extralimitó sus funciones al ordenar la demolición de los inmuebles, ya que ‘no estamos quebrantando ninguna ley'.

Según Serrano, desde que se hicieron las pruebas técnicas y se determinó el origen de la obstrucción, le remitieron cartas al MOP y solicitaron citas. Para todo la repuesta fue la misma: ‘no nos recibió, ni nos dio importancia y eso que habíamos recabado las pruebas técnicas donde los edificios durante 22 años no habían sufrido de ninguna inundación sino hasta 2015', comentó.

Serrano indicó que ‘somos 65 familias, más las que trabajan en los locales comerciales los que nos vemos afectados con las inundaciones, tanto como por la decisión del MOP de ordenar la demolición y implementar la multa, que es injusta, pues ahora se nos quiere juzgar con una ley que surgió en 2006, pero la promotora que la construyó y vendió lo hacía desde 1997, fecha en que iniciaron los permisos de ocupación'.

Aunque Serrano no entiende cómo, en su momento, los dueños de la constructora lograron contar con las aprobaciones de planos, reconoció que es codueño del 10% del proyecto, tras adquirirlo en un remate que hizo el banco que financió la obra, al quedar mal la promotora.

‘Yo me siento responsable, pues aproveché una oportunidad que en su momento era un buen negocio, pero hoy nos tiene en ascuas, como empleado del banco logré venderle el 69% del proyecto —el lado comercial— a otras personas y hoy día, al darse una leve lluvia, las calles se inundan y esas personas se ven en la necesidad de madrugar para sacar el agua del depósito y los negocios, pues están seriamente afectados', puntualizó.

GESTIÓN

Intercambio de información entre entidades en 2017.

5 DE SEPTIEMBRE

El MOP le informa a PH Limajo que el dueño de Operadora Universal está dispuesto a resolver el colapso de la tubería, pero que se requiere de un estudio geofísico y el ministerio no cuenta con el equipo.

19 DE OCTUBRE

El Ministerio de la Presidencia recuerda que el MOP es la entidad responsable de canalizar las aguas pluviales a escala nacional.

Por su parte, Aurelio García, propietario de Viviendas Reformadas, —promotora que construyó dos de las tres edificaciones sancionadas por el MOP—, indicó que todo empezó con la inundación registrada el 30 de agosto de 2015, pues en el área donde se construyó el edificio más nuevo (PH Universal) donde se originó la falla, donde inicialmente pensaron que la responsabilidad era del proyecto de Saneamiento de la Bahía, hasta que un estudio gestionado por el PH Limajo, determinó que la obstrucción de la tubería causada por el asentamiento del último PH, que provocó la rajadura de la tubería pluvial.

García explicó a este medio que el proyecto original data de 1987, y los retos que tuvieron para adecuar el área de construcción, donde ‘no existía ninguna servidumbre pluvial como indica el MOP'.

‘Cuando se inició el proyecto el MOP tardó seis meses en aprobarlo; en ese momento no existía ninguna regulación de servidumbre, así que se desmarcó por parte de Viviendas Reformadas, una servidumbre pluvial de cinco metros, a la cual se les dejó unas columnas en cada lado de 2.50 metros, dejando los cinco metros libres; para hacerlo se consiguió en su momento una carta notariada, que data de 1995'.

El tercer lote, explicó García fue vendido a Petróleos Delta, para la construcción de una estación de expendio; pero no construyeron nada y vendieron a Operadora Universal, que construyó una línea de 15 metros, que provocó una fractura a la tubería, que hoy genera la obstrucción que provoca las inundaciones.

Ante los señalamientos y luego de la publicación del caso el lunes 3 de septiembre en La Estrella de Panamá , ayer, Gustavo Bernal, presidente de la Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos (SPIA) se reunió con residentes del área y comprobó que los papeles están debidamente registrados, y que gracias a un estudio técnico se trata de una obstrucción que colapsó la tubería, a unos 16 metros debajo de Operadora Universal, y que ‘posiblemente esté tapada con concreto'.

VERSIÓN DEL MOP

La Estrella de Panamá , al consultarle al MOP sobre si hubo o no negligencia en la aprobación de los permisos de construcción, el ministerio informó que ‘al MOP le corresponde verificar que los planos que se someten dentro del procedimiento para la aprobación cumplan con los parámetros técnicos y legales. En virtud de lo establecido en la Ley 11 de 27 de abril de 2006, establece conocer, reglamentar y sancionar todo lo relacionado con el régimen de servidumbres públicas, por la cual se desarrolló el procedimiento administrativo de sanción en contra de los infractores de las disposiciones antes mencionadas'.

‘Las sanciones que se señalan en la Resolución 094 de 6 de julio de 2018, fueron impuestas a la empresa Viviendas Madison, S.A., quien es la promotora y propietaria del PH Madison Tower, la empresa Operadora Universal, S.A., promotora y propietaria del PH Operadora Universal; sin embargo, el PH Comerciales Limajo fue traspasado a la Junta Directiva del PH Comerciales Limajo, por lo que la orden de demolición y la sanción pecuniaria derivadas del proceso administrativo, solo se puede decretar en contra del propietario de la edificación'.

‘El MOP actualmente cuenta con una orden de suspensión inmediata de la ejecución del acto emitida por parte de la Corte Suprema de Justicia, por lo que se encuentra suspendida la multa y la orden de demolición hasta que se resuelva el amparo de garantías constitucionales'.

OTRAS AFECTACIONES

Serrano agregó que las afectaciones por la inundación provocaron también que el área circundante a un tanque de reserva de agua del IDAAN se contaminara con aguas servidas, lo que imposibilita su uso.

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