Asamblea aprueba en segundo debate el proyecto que norma el reintegro gradual de los trabajadores

Actualizado
  • 23/02/2021 16:55
Creado
  • 23/02/2021 16:55
Esta normativa también propone que, una vez las empresas hayan sido autorizadas para reiniciar sus actividades, reintegrarán trabajadores cada mes

La Asamblea Nacional aprobó este martes en segundo debate el proyecto de ley 542 que establece medidas temporales para preservar el empleo, normalizar las relaciones de trabajo y dicta otras disposiciones.

El diputado Edison Broce votó en contra del proyecto de ley, que espera el tercer debate.

Este proyecto de ley, presentado por la ministra de Trabajo, Doris Zapata, surge como parte del compromiso "del gobierno de impulsar el desarrollo nacional y mantener la paz social y las buenas relaciones entre trabajadores y empleadores en medio de la crisis sanitaria causada por la pandemia".

Este proyecto de ley propone normar el reintegro gradual de los trabajadores con contratos de trabajo suspendido en las empresas que han reiniciado sus actividades, en paralelo a un proceso de prórroga de la suspensión de los efectos de los contratos de los trabajadores para las empresas que se mantienen sin operar por disposición de la autoridad sanitaria.

Asimismo, regula el proceso de solicitud y autorización de la suspensión de los efectos de los contratos de trabajo, atendiendo a restricciones de movilización ciudadana, como la cuarentena total o parcial, dispuestas dentro del Estado de Emergencia Nacional ocasionado por la covid-19.

Esta normativa también propone que, una vez las empresas hayan sido autorizadas para reiniciar sus actividades económicas, reintegrarán a sus trabajadores mes a mes y las prórrogas de la suspensión de los contratos no podrán exceder los cinco meses, las empresas que mantengan trabajadores suspendidos, no podrán contratar nuevos, se permitirá la contratación de trabajadores sólo para realizar funciones distintas, además establece que toda terminación de la relación de trabajo por mutuo consentimiento deberá constar por escrito y no implicará renuncia de derechos, entre otros temas de interés laboral que fueron planteados.

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