Ley que extiende amnistía tributaria permitiría condonar $29 millones en intereses, recargos y multas

Actualizado
  • 11/03/2021 10:04
Creado
  • 11/03/2021 10:04
Más de 35 mil contribuyentes en todo el país podrían ser favorecidos con este beneficio. El dinero pueda ser utilizado para reactivar los empleos y poder dinamizar la economía, según la DGI

El proyecto de Ley No.566 que concede amnistía tributaria general para el pago de tributos administrados por la Dirección General de Ingresos (DGI)  y  dicta nuevas medidas de alivio para la reactivación de la economía nacional se mantiene a la espera de su discusión en segundo debate en el pleno de la Asamblea Nacional.

Publio De Gracia, director de la DGI.

El director de la DGI, Publio De Gracia, señaló que además de ser  un alivio financiero el proyecto de ley tiene un ingrediente social, que puede beneficiar aproximadamente a más de 35 mil contribuyentes en todo el país, garantizándoles "la posibilidad de tener un ahorro estimado en $29 millones producto de la condonación en intereses, recargos y multas"; dinero que  puede ser utilizado "para reactivar los empleos y poder dinamizar la economía".

Adicionalmente se establecen nuevas medidas de alivio tributario que van a ayudar mucho a las grandes empresas que también necesitan tener las posibilidades de seguir produciendo. “No hay ningún sector de la sociedad que haya quedado excluido de ser escuchado y esa es la vocación que tenemos los que estamos sirviendo al país”, subrayó el director de la DGI.

Agregó que “la recuperación económica está principalmente en las manos de todos los que tenemos responsabilidades para echar adelante la economía, pero sabemos que no va a ser fácil y no se le puede decir al país que esto se va a resolver en pocos días, meses o quizás en dos años. Necesitamos que todos participemos y pongamos nuestra cuota de sacrificio”.

Concluyó que cuando se aprobó este proyecto de ley por primera vez en el año 2019, se pensó que iba a ser el último, y por eso se le denominó como amnistía tributaria, pero las condiciones que nos ha impuesto la pandemia, ha obligado que esta iniciativa que nació en el seno de la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea, quienes pensando en la reactivación económica crearon estas condiciones junto al Órgano Ejecutivo.

Medidas de alivio tributario

La iniciativa, propuesta por el Ejecutivo, permite la extensión del plazo hasta el 31 de julio de 2021 para el pago de los impuestos morosos al 31 de diciembre de 2020, con la condonación del 85% de intereses, recargos y multas.

También se permite la celebración de arreglos de pagos hasta el 31 de julio de 2021, abonando el 25% del impuesto nominal adeudado al 31 de diciembre de 2020, y permitiendo su cancelación al 31 de diciembre de 2021. 

De igual forma, los arreglos de pago que hayan sido celebrados bajos las leyes de amnistía anteriores, pueden ser cancelados al 31 de diciembre de 2021.

Igualmente los arreglos de pago realizados bajo la Ley de Pronto Pago, que debían ser cancelados al 30 de abril de 2021, se les extiende automáticamente el plazo hasta el 31 de diciembre de 2021 para que se realicen los pagos pendientes.

Se concede un descuento de 5% en el monto a pagar en Impuesto sobre la Renta e Impuesto Estimado a aquellos contribuyentes que tengan una renta bruta menor a $2.5 millones con respecto a su declaración jurada del 2020, y paguen dentro de los 4 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.

También, la extensión del plazo hasta el 31 de julio para presentar ciertos informes y declaraciones omisas que debieron presentarse al 31 de diciembre de 2020, condonando el 50% de la multa que genera esta presentación tardía, siempre que se pague el 50% restante antes del 31 de diciembre de 2021 y de igual forma, todos aquellos contribuyentes que tengan ciertas multas establecidas en el sistema e-tax2.0, pueden cancelar el 50% de dicha multa al 31 de diciembre de 2021 y se le condona el otro 50%.

Otras medidas de alivio tributario

Tomando en cuenta la propuesta de la Cámara de Comercio, se restituye la figura de la capitalización de las ganancias retenidas en un período fiscal, con miras a que las empresas tengan mayor liquidez y capital de trabajo.

Se aclara en la Ley 3 de 1985, que regula el régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios, que el beneficio se otorga al inmueble hipotecario por el tiempo que dure el préstamo y, por tanto, no afecta si hay un cambio de propietario.

Se facilita el pago del Impuesto Sobre la Renta para aquellos contribuyentes que no tengan como giro ordinario la compraventa de bienes inmuebles.

Se extiende el beneficio por pronto pago de 10% en el impuesto de inmueble hasta el 30 de abril.

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