Contribuyentes tendrán hasta el 3 de mayo para cumplir con el calendario tributario

Actualizado
  • 29/04/2022 09:56
Creado
  • 29/04/2022 09:56
Con la extensión del plazo se mantendrá el beneficio del descuento por pronto pago equivalente al 15% del total a pagar, al cancelar la anualidad del impuesto de inmuebles

Los contribuyentes tendrán hasta el 3 de mayo para cumplir con el calendario tributario, además de la presentación de la Declaración Jurada de Renta 2021 de las personas jurídicas con prórroga al 30 de abril, día no laborable, informó la Dirección General de Ingresos (DGI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

La DGI informó que con la extensión del plazo se mantendrá el beneficio del descuento por pronto pago equivalente al 15% del total a pagar, al cancelar la anualidad del impuesto de inmuebles (130), correspondiente a dicho periodo para las personas naturales y jurídicas.

Detalló que el impuesto de inmuebles se paga cuatrimestralmente y de hacerse en forma anual (a más tardar el último día del mes de abril), el contribuyente recibirá el beneficio establecido en el artículo 7 de la Ley 257 de Regularización Tributaria, que adiciona un parágrafo transitorio al artículo 786 del Código Fiscal.

“La medida busca brindar a los contribuyentes las facilidades necesarias para que cumplan con sus obligaciones tributarias dentro de los plazos legalmente establecidos”, señaló la entidad. 

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