Sukimotor, S.A. da su versión

Actualizado
  • 21/08/2010 02:00
Creado
  • 21/08/2010 02:00
Por respeto a la opinión pública y, especialmente, a nuestros clientes, aclaramos afirmaciones publicadas el jueves 19 de agosto de 2010...

Por respeto a la opinión pública y, especialmente, a nuestros clientes, aclaramos afirmaciones publicadas el jueves 19 de agosto de 2010 en el diario La Estrella , bajo los encabezados ‘Delito contra la Propiedad Industrial’ y ‘Ordenan indagatoria por posible falsificación’, suscrita por Luis Batista:

1. Suzuki Motor Corporation fabrica y comercializa motocicletas y piezas manufacturadas en Japón y otros países; Suplidores II, Inc. es su único distribuidor autorizado en la República de Panamá, y Sukimotor, S.A. es su subdistribuidor.

2. A causa de una denuncia presentada por personas sin derecho para actuar como querellantes, el 3 de junio de 2010 la Fiscalía Superior Especializada en Delitos contra la Propiedad Intelectual y Seguridad Informática efectuó una inspección en Sukimotor, S.A. y retuvo mercancía identificada con la marca Suzuki.

3. Desde el 13 de julio de 2010 constan en ese expediente documentos que comprueban que Suplidores II, Inc. está autorizado por Suzuki Motor Corporation para usar la marca Suzuki con relación a los productos que distribuye, como lo ha hecho hasta ahora, cosa que el periodista Luis Batista parece omitir cándidamente.

4. Suplidores II lnc. ha hecho uso de la marca Suzuki en conformidad con sus obligaciones en cuanto a la provisión suficiente de partes para satisfacer la demanda en el territorio.

5. Sabemos donde originan las publicaciones tendenciosas y las falsas denuncias interpuestas en contra de Sukimotor, S.A. Un competidor frustrado, tanto en su desempeño comercial como en sus ilegítimos intentos de perseguir judicialmente a nuestra empresa, ha emprendido ahora una campaña de denuncias a través de supuestos consumidores.

6. Sin embargo no hay excusa para que un periodista o un medio publique hechos que no son ciertos; hace más de un mes que las pruebas de la legitimidad de la conducta de Sukimotor, SA reposan en el expediente y, si hubo acceso a la información sobre hechos ocurridos hace más de dos meses dentro de una investigación, de la misma forma habrían podido ver las pruebas que constan en ese mismo expediente desde hace más de un mes y que desmienten esos hechos.

Ni las maniobras ilegítimas de un competidor frustrado ni la negligencia en el desempeño de las tareas informativas deben ser causa que justifique el perjuicio que con publicaciones como las arriba anotadas se causa a empresas legítimas, con operaciones legítimas. Nuestro norte es y será la satisfacción de nuestros clientes; la justicia sabrá cómo equilibrar los perjuicios ocasionados.

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