El Estado pagará indemnizaciones por represa de Bayano

Actualizado
  • 13/08/2015 02:00
Creado
  • 13/08/2015 02:00
Una sentencia de la CIDH obliga al Gobierno a pagar $2.6 millones a los indígenas de la comarca Madugandí

Tal como lo ordenó una sentencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en octubre pasado, el Gobierno se ha comprometido a pagar las debidas indemnizaciones a los indígenas gunas de Madugandí y Emberá de Bayano, que perdieron sus tierras tras la construcción de la represa Bayano, en 1976.

La Presidencia informó, en un comunicado, que el Consejo de Gabinete designará al Ministerio de Economía y Finanzas para que ejecute el trámite correspondiente al pago de $ 2.6 millones fijado por la CIDH.

‘Este pago se entregará de forma íntegra, sin reducciones derivadas de cargas fiscales. En caso de vencimiento del plazo, el Estado panameño reconocerá el pago correspondiente a los intereses bancarios sobre la cantidad total adeudada a los beneficiarios de la sentencia', señala el comunicado de la Presidencia.

Los indígenas debieron esperar 39 años para que el Estado reconociera su derecho a ser indemnizados por el desalojo de sus tierras al inundarse el proyecto hidroeléctrico Bayano, construido durante el gobierno de Omar Torrijos.

Sin embargo, la sentencia de la CIDH solo se refirió a la falta de delimitación tras finalizar el proyecto y no a las inundaciones de sus tierras. Héctor Huerta, abogado de los indígenas, explicó que la CIDH no incluyó en la sentencia las indemnizaciones por la anegación de las tierras en vista de que los hechos ocurrieron en 1976, cuando aún no existía este organismo internacional.

Huerta mostró su satisfacción por la decisión del Gobierno, sin embargo, dijo, ‘aún quedan muchos problemas por corregir'.

Uno de estos problemas a los que se refirió es el de las invasiones de tierras colectivas por colonos, tema sobre el cual comentó el abogado que el país no cuenta con una herramienta eficaz y rápida para efectuar los desalojos.

También habló de la posibilidad de penalizar las invasiones de tierras colectivas, para la cual ya se adelanta una borrador de proyecto de ley.

‘La Corte considera que los perjuicios sufridos por las víctimas tienen carácter de lucro cesante, en razón de que las comunidades no podían gozar de los beneficios económicos de sus tierras de forma plena debido a la falta de demarcación, delimitación y titulación. Asimismo, deben repararse los daños causados a los territorios de las comunidades indígenas por terceros invasores', concluyó el organismo.

La sentencia también impone la obligatoriedad de adoptar medidas legislativas, administrativas y las ‘que sean necesarias' para crear un mecanismo efectivo de delimitación y titulación de las propiedades de las comunidades indígenas. Incluso, da plazo de un año, a partir de la notificación de la sentencia, para realizar estas labores.

‘Mientras no se delimiten las tierras, el Estado debe abstenerse de realizar actos que puedan llevar a que sus agentes o terceros afecten la existencia, el valor, el uso o el goce de los bienes ubicados en la zona', recalca la sentencia.

De acuerdo con la sentencia, el Estado violó el derecho a la propiedad colectiva contenido en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, entre otras normas.

La CIDH también obligó al Gobierno panameño a realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos del caso, por lo que, según Huertas, posiblemente el presidente Juan Carlos Varela acuda a la comarca Madugandí entre el 25 y 30 de este mes.

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SENTENCIA Y HECHOS

La hidroeléctrica de Bayano se construyó entre 1972 y 1976.

Los gunas de la comarca Madugandí recibirán $2 millones por daño material e inmaterial.

Las comunidades indígenas de las comunidades Emberá de Ipetí y Piriatí recibirán $500,000 por daños materiales e inmateriales y el resto para cubrir los gastos del proceso.

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