Anuncios publicitarios en puentes serán prohibidos

Actualizado
  • 07/04/2016 02:00
Creado
  • 07/04/2016 02:00
La iniciativa modifica un párrafo de la ley que reorganiza el MOP y la Ley 94 de 1973, sobre contribución por valorización

Ante el efecto peligroso de la saturación de publicidad en los puentes o pasos elevados, se aprobó en segundo debate una legislación que prohíbe la instalación de anuncios para garantizar la seguridad de los peatones.

El único artículo de esta normativa establece que se prohíbe la instalación en estructuras anuncios o cualquier otra edificación en las servidumbres viales, así como en la parte inferior de los puentes peatonales o pasos elevados.

La propuesta es avalada una semana después de que la Alcaldía de Panamá aprobara un acuerdo para fijar entre $25 a $200 la multa a los ciudadanos que incurran en malas prácticas y su imprudencia al transitar o cruzar las calles de la ciudad de Panamá sin usar los puentes elevados, semáforos, ni las líneas de seguridad,

El Ministerio de Obras Públicas (MOP) autorizará su instalación en la parte superior de estas estructuras mediante resolución motivada que establezca condiciones específicas para ello, así como las que constituyan infraestructuras de servicios públicos.

Sin embargo, quedan exentos de esta disposición los anuncios o las estructuras publicitarias instaladas previo a la entrada en vigencia de esta norma hasta la terminación del contrato de concesión o la autorización otorgada por el MOP por resolución motivada.

Los diputados proponentes Noriel Salerno y Dalia Bernal señalan que peligra la vida, ya que los anuncios publicitarios que fijan las empresas restan visibilidad a los transeúntes.

El proyecto 236, según Salerno, está basado en la experiencia de otros países, en donde no se permite la instalación de publicidad o propaganda en los puentes.

La iniciativa modifica un párrafo de la ley que reorganiza el MOP y la Ley 94 de 1973, sobre contribución por valorización.

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