Canciller remite a Ayú Prado opinión de CorteIDH sobre identidad de género

Actualizado
  • 23/01/2018 01:12
Creado
  • 23/01/2018 01:12
La canciller de la República, Isabel Saint Malo, remitió una nota a la Corte con la opinión de la CorteIDH

La Corte Suprema de Justicia deberá definir si el artículo 26 del Código de la Familia viola la Constitución Política. A esas demandas deberá incluir la opinión de la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) sobre identidad de género, e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo, obligaciones estatales en relación con el cambio de nombre, la identidad de género y los derechos derivados de una vínculo entre parejas del mismo sexo.

La canciller de la República, Isabel Saint Malo, remitió una nota a la Corte con la opinión de la CorteIDH.

En la carta dirigida al magistrado presidente de la Corte, José Ayú Prado, Saint Malo señala que la República de Panamá ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos el 8 de mayo de 1978, y el 9 de mayo de 1990, reconoce como obligatoria de pleno derecho la competencia de la CIDH sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención.

Ante esto, al haber aceptado las normas de esa Convención, los gobiernos están obligados a armonizar sus leyes, políticas y prácticas con dichas normas.

En la nota de tres páginas agrega que el Artículo 62.3 de la Convención Americana establece que la CIDH tiene competencia para conocer de cualquier caso relativo a la interpretación y aplicación de las disposiciones de esta Convención.

La canciller finalizó en que que el artículo 4 de la Constitución Política establece que Panamá acata las normas del Derecho Internacional, es decir que el país está obligado a no solo a respetar los derechos y libertades reconocidos por la Convención, sino a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a jurisdicción.

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