Tribunal de Juicio rechaza por improcedente nueva incapacidad presentada por el ex presidente Martinelli

Actualizado
  • 15/07/2021 17:10
Creado
  • 15/07/2021 17:10
Las juezas indicaron que esta Colegiatira está obligada a evitar toda dilación así como actos y actuaciones improcedentes o inconducentes

El Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Panamá calificó y rechazó por “improcedente”, la nueva incapacidad presentada por los abogados del expresidente de la República, Ricardo Martinelli, quien debe afrontar desde el próximo 21 de julio un nuevo juicio por el caso de las interceptaciones telefónicas.

Jessica Canto, abogada del ex presidente, presentó el pasado 12 de julio una nueva incapacidad como parte del periodo de recuperación del paciente ante jueces del Tribunal de Juicio Oral del Sistema Penal Acusatorio.

Sin embargo, en su decisión, tras el análisis del memorial presentado por la abogada Canto, las juezas de este Tribunal Iveth Francois Vega, Jennifer Saavedra Naranjo y Marysol Osorio Leyton; recordaron que en audiencia celebrada el día 30 de junio de 2021 luego de escuchar a todas las partes y de precisar al detalle las razones que impidieron que el juicio iniciara para la fecha programada con 6 meses de anticipación (22 de junio de 2021,y posteriormente 5 de julio, este Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Panamá, accedió a la petición de la defensa de fijar la fecha del juicio oral para después de concluida la segunda incapacidad médica extendida a favor del señor Ricardo Martinelli, es decir, luego del 20 de julio de 2021, a fin de garantizar la inmediación del prenombrado acusado con el proceso.

No obstante, plantean las juezas, en aquella oportunidad también se advirtió que el 21 de julio de 2021 a las 9:00 a.m. iniciará el juicio oral y el Tribunal tomará todas las previsiones legales para que ese día se haga efectiva esa decisión.

"Como viene visto, esta Colegiatira está obligada a evitar toda dilación así como actos y actuaciones improcedentes o inconducentes debiendo rechazarlos de plano", de conformidad con el artículo 68 numeral 1 del Código Procesal Penal.

Así las cosas, plasmaron las juezas en su decisión, "en derecho corresponde rechazar por improcedente las solicitudes formuladas por la defensora de Ricardo Martinelli Berrocal en la causa No. 138-15 mediante memorial presentado el día 12 de julio de 2021".

Lo Nuevo
comments powered by Disqus