Proponen ‘cirugía’ a la Asamblea

Actualizado
  • 10/04/2012 02:00
Creado
  • 10/04/2012 02:00
PANAMÁ. La fenecida Ley 30 podría llegar a ser una de las últimas de su especie, de ser aprobada la reforma a la Constitución Política e...

PANAMÁ. La fenecida Ley 30 podría llegar a ser una de las últimas de su especie, de ser aprobada la reforma a la Constitución Política esbozada por el Comisión de Notables que hoy sustentará su propuesta al Consejo de Gabinete. La Asamblea Nacional tendría prohibido expedir mociones ‘chorizo’ o ‘todo en uno’ —como se le conocen a las que versan sobre un tema y tratan materias distintas—.

El artículo 302 del proyecto de cambios constitucionales no deja espacio a dudas. Enfatiza que cualquier diputado podría proponer la eliminación o modificación de artículos del proyecto en debate, siempre y cuando ‘no versen sobre materias extrañas a la del proyecto o el artículo en discusión’.

‘...Ni tengan (las propuestas) el mismo sentido de otras rechazadas previamente por el pleno, pues, en esos casos, el presidente de la Asamblea Nacional las rechazará de plano’, reza el proyecto que está en manos del Ejecutivo desde finales de enero pasado.

NUEVOS PARÁMETROS

Se otorgaría a los diputados la facultad de separar de su cargo a algún funcionario al que le emitan un voto de censura.

Además, las maratónicas sesiones para aprobar leyes en segundo debate podrían menguar. Cada debate tendrá que ser en días distintos, tal cual lo establece la presente regulación, pero con al menos 12 horas de diferencia. Es decir que, si una sesión termina a las once de la noche, no podrá continuar a las nueve de la mañana del día siguiente.

Más allá, las leyes deberán ser aprobadas siempre por mayoría absoluta (la mitad más uno), y en lugar de ser promulgadas dentro de los seis días hábiles posteriores a su sanción, tal cual lo establece la Constitución vigente, el tiempo se extenderá a 30 días hábiles.

El proyecto de reformas, a su vez, obliga a que las leyes empiecen a regir al día siguiente de su promulgación, y no en la misma jornada.

Pero esas no son las únicas reformas que sobre temas legislativos aborda la propuesta constitucional.

CÓDIGO ÚNICO DE PROYECTOS

La clasificación de proyectos de ley ‘orgánicos’ y ‘ordinarios’ desaparecería. De ser aprobada tal cual la propuesta de reforma, la Constitución no distinguiría entre tipos de leyes y, por consiguiente, se irían abajo gran parte de las limitaciones para iniciativa legislativa.

De hecho, ahora no solo las comisiones permanentes de la Asamblea, los diputados, el Tribunal Electoral (organismo al cual la reforma llama Tribunal Supremo Electoral), la Corte Suprema de Justicia, las Procuradurías y los presidentes de los Consejos Provinciales tendrán derecho a presentar propuestas de ley.

Según el artículo 295 de la propuesta de reforma constitucional, ‘un número determinado de personas -que no se especifica- en ejercicio de sus derechos políticos, según lo establezca la ley’ también podrá llevar ideas de leyes al parlamento.

Lo tendría, además, la Corte Constitucional, un ente que los notables proponen como salida a la Sala Quinta de Instituciones de Garantías, de la Corte Suprema.

Esa institución, además, será la encargada de ordenar la detención provisional de diputados, tras investigaciones que lleve adelante la Procuraduría de la Nación.

NO A LA REELECCIÓN

Si las reformas a la Carta Magna son aprobadas tal cual, los diputados no se podrán reelegir para el período inmediatamente siguiente. Serán electos 71, y diez de ellos saldrán de un circuito plurinominal nacional (serán diputados de la República).

Además, quien se postule para ese cargo deberá haber cumplido los 25 años, y no 21, como dice el actual texto constitucional.

Por otro lado, los legisladores no podrán aceptar ningún otro cargo público que les genere remuneración ni ser electos para otros puestos.

Agrega el artículo 248 de la propuesta que los principales y los suplentes no podrán ser cónyuges ni parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Las reformas le cortan la posibilidad al Ejecutivo de llamar a la Asamblea a sesiones extraordinarias. Eso quedará en manos exclusivas de los diputados.

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