Lo que dice la ley migratoria y las aspiraciones de extranjeros

Actualizado
  • 11/03/2016 01:00
Creado
  • 11/03/2016 01:00
De acuerdo con la legislación migratoria, el término correcto es extranjero residente permanente, que posee la cédula E

La propuesta de la Asociación de Residentes Naturalizados de Panamá (Arena) de extender el subsidio de $120 a los 65 años a los extranjeros residentes, ha llevado a muchos panameños a preguntarse cómo llega un visitante a ese estatus migratorio.

De acuerdo con la legislación migratoria, el término correcto es extranjero residente permanente, que posee la cédula E.

Precisamente, Arena busca beneficiar a ese sector.

Miembros de la Comisión de Derecho Migratorio del Colegio Nacional de Abogados explicaron que todo extranjero entra al país como ‘turista' y posteriormente cambia su estatus migratorio para conseguir la residencia permanente. Hay residentes temporales y permanentes.

Los programas migratorios como países amigos (que incluye a 50 naciones), convenio Panamá-Italia y turista jubilado y pensionado, otorgan la residencia permanente sin mayores contratiempos. Es la forma más rápida de quedarse en Panamá, cumpliendo requisitos como solvencia económica.

Por ejemplo, con países amigos, avalado por el Decreto Ejecutivo 343 de 2012, un argentino entra como turista, la otra semana tiene promesa de empleo y cuenta bancaria con $5 mil, presenta la solicitud y en seis meses tiene cédula de residente.

María Isabel Saravia, presidenta del grupo, manifestó que otros casos donde el extranjero llega a residente permanente son inversionista que viene al país con $160 mil, casado con nacional o extranjero profesional.

En todos los casos se debe cumplir con pasos y requisitos.

LA NATURALIZACIÓN

Luciano Yanes, miembro de la Comisión de Derecho Migratorio, agregó que muchos turistas antes de pisar suelo panameño ya han consultado la página de Migración y disponen de los documentos para cambiar su estatus una vez llegan y aplican al tipo de residencia permanente.

Y de allí, el salto para la naturalización es más fácil. Yanes contó que los extranjeros casados con nacionales tienen una visa de dos años de manera temporal y después aplican a la permanente. En ese paso, dependiendo de la nacionalidad, se naturalizan. Hay dos convenios entre Panamá, Colombia y España que permiten a las colombianos y españoles en un año aplicar a la naturalización.

Si no hay convenios con Panamá, pero el extranjero está casado con nacional o tiene hijos panameños, se permite que con tres años de tener su cédula de residente, aplicar para naturalizarse.

La regulación general indica que el extranjero debe tener cinco años de residir ininterrumpidamente y otros cinco años de tener la cédula para acogerse.

El programa migratorio Crisol de Razas, que benefició de 2010 a 2014 a 48 mil indocumentados, no otorga residencia permanente.

La abogada Saravia explicó que si una persona tiene 20 años en Panamá y nunca hizo un trámite migratorio, simplemente está indocumentado, no aplica para la residencia y no tendrá la cédula, aunque tenga hijos y nietos panameños.

Aclaró que los regularizados en las ferias, los visitantes y quienes tengan visa de estudiante no tienen derecho a permanencia.

Yanes, en tanto, precisó que la visa de técnico es por un periodo de un año.

Ayer, en un acto público, el presidente Juan Carlos Varela reafirmó que el programa ‘120 a los 65‘es para panameños que nunca cotizaron en la Caja de Seguro Social.

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