Lunes de carnaval en medio de prohibiciones, se levanta veda electoral

Actualizado
  • 01/03/2019 11:22
Creado
  • 01/03/2019 11:22
A las 12:01 minutos del lunes de carnaval, los candidatos pueden iniciar sus campañas

En medio del jolgorio del lunes de Carnaval se levantará la prohibición paraa hacer campaña política en todo el territorio nacional. Serán 60 días antes de las elecciones generales. Está será la campaña electoral con más restricciones de los últimos 25 años, gracias a las normas establecidas en la última reforma elctoral.

No es un capricho, la norma dicta que son 60 días antes de las elecciones que se podrá iniciar la campaña electoral. Este año, el destino quiso que fuera el lunes de Carnaval. Hay políticos y partidos políticos que no aguantaron hasta el día e hicieron publicidad y ahora les tocoa enfrentar un proceso penal electoral, que podría costarles dinero por las sanciones dispuestas.

Los políticos no podrán utilizar los árboles, los puentes elevados, monumentos para hacer campaña política. Esta prohibido colocar cualquier tipo de propaganda política en estas estructuras.

Las excepciones son múltiples: los candidatos no podrán exceder del gasto de campaña establecido en el Código Electoral; de hacerlo, se anularía su triunfo, en caso de lograrlo. Hay un monto establecido para cada cargo.

Cada gasto deberá estar justificado y el dinero, depositado en una cuenta bancaria que podrá ser auditada por el Tribunal Electoral (TE).

Los carnavales se convierten en la época de mejor concentración para captar la atención de los jóvenes, que representan el 30% del Padrón Electoral.

El TE aprobó de manera irrevocable de $6.2 millones para repartir entre los partidos Cambio Democrático (CD), Revolucionario Democrático (PRD), Molirena y Alianza para la promoción de su campaña.

Los partidos políticos podrán repartir calcomanías, paraguas, suéter, banderas, gorras.

Ya en el TE se manejan 562 expedientes por violación a la veda electoral a través de las redes sociales.

Una vez se levanten las restricciones establecidas en el Código Electoral, solo los partidos políticos y los candidatos podrán hacer campaña electoral. Ningún tercero podrá pagar publicidad a los candidatos o a terceras personas.

El magistrado Alfredo Juncá advirtió de que ‘hay que respetar. Hay libertad con orden y la propaganda deberá llevar quién la está pagando', para conocer su origen.

Durante los carnavales, los candidatos no podrán patrocinar eventos o actividades, pero sí podrán asistir a los que el pueblo organiza.

Entre las prohibiciones está que las personas naturales o jurídicas, a título propio o por cuenta propia de terceros, contraten o donen propaganda electoral a favor o en contra de partidos o políticos, recordó el magistrado Alfredo Juncá en una entrevista con La Estrella de Panamá.

La propaganda electoral queda sujeta a las prohibiciones del uso no autorizado de los símbolos y de los candidatos y el uso no autorizado de la imagen personal, según el artículo 577 del Código de la Familia.

Por primera vez, hay un tope en la cantidad de dinero que los candidatos pueden recibir y gastar en la campaña, lo que introduce una equidad en la competencia. Los donantes pueden contribuir a una campaña, pero tendrán un tope, lo que reduce la influencia de los donantes en los políticos que financian.

Las nóminas presidenciales, por primera vez, solo podrán hacer propaganda electoral con el financiamiento público, es decir, están impedidas de utilizar financiamiento privado para su propaganda electoral. De igual manera, los candidatos deben tener una cuenta bancaria para manejar ingresos y gastos y si el candidato excede el tope, será causal de nulidad de la elección y de la proclamación.

La ley electoral obliga a los candidatos a revelar la identidad de sus donantes y los montos de sus contribuciones, así como los gastos de campaña, para dar más transparencia al proceso.

El Decreto 34 de 27 de octubre de 2018 fijó los topes a las donaciones privadas para la campaña electoral próxima.

El tope a las donaciones privadas en las campañas presidenciales será de $10 millones y cada donante solo podrá aportar $300 mil.

Los candidatos a diputados tendrán un tope en las elecciones generales de $300 mil y por donante será de $75 mil.

Para alcalde y representante de corregimiento, se debe multiplicar la suma de $5 por la cantidad de electores de la circunscripción, según el padrón electoral final.

Los candidatos podrán financiar con recursos donados o propios, para la movilización, combustible, hospedaje, activistas, brindis, caravanas y concentraciones, alquiler de locales, luz agua, teléfono, internet, celulares y propaganda electoral. Pero en cuenta al último aspecto, solo hasta el 30%.

El artículo 193 del Código Electoral establece que antes de las elecciones, el Estado contribuirá con los gastos en que incurran los partidos a través del financiamiento público preelectoral así: 70% del cual será destinado exclusivamente a cubrir gastos de propaganda electoral y el 30% restante a contribuir con otros gastos de campaña.

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