Jueces de paz y un compromiso de Estado por nuevas políticas de seguridad

Actualizado
  • 29/03/2019 01:00
Creado
  • 29/03/2019 01:00
El sistema de justicia comunitaria de paz empezó a implementarse en el 2016, pero no ha recibido todo el apoyo del Gobierno y hay quienes consideran que se debe volver al sistema de corregidurías

MAGALY CASTILLO | ABOGADA

LA JUSTICIA COMUNITARIA DE PAZ ES UN COMPROMISO DE ESTADO QUE FORMÓ PARTE DE LAS METAS DEL PACTO DE ESTADO POR LA JUSTICIA.

¿CUÁL ES SU ANÁLISIS DEL SISTEMA DE JUECES COMUNITARIOS DE PAZ?

La justicia comunitaria de paz es un compromiso de Estado que formó parte de las metas del Pacto de Estado por la Justicia y que, ahora, forma parte de la estrategia nacional por la seguridad ciudadana del Plan Estratégico Nacional 2030; es decir, la justicia comunitaria de paz es un compromiso de Estado por una de las metas de tener un país libre de violencia. El tema es que esos compromisos a veces no se traducen en presupuesto para las instituciones y en monitoreo y evaluación de la implementación de este tipo de leyes. Lo que hace falta es un real compromiso, especialmente con el nuevo gobierno, porque el actual, aunque lo implementó, no ha solucionado la falta de recursos económicos.

EL MINISTERIO DE GOBIERNO HA PRESENTADO UNAS REFORMAS AL SISTEMA. ¿QUÉ PIENSA AL RESPECTO?

Las reformas que ha presentado el Ministerio de Gobierno no fueron lo suficientemente debatidas y analizadas. Se llevaron a la Asamblea Nacional y esperamos que esa propuesta no se discuta en estos meses de campaña electoral, porque tiene que ser discutida porque hay temas que se están introduciendo que no son convenientes. Por ejemplo, le están pasando de vuelta todos los cobros de multas por basura y ruido que habían sido traspasados a los alcaldes, a través del funcionario de cumplimiento. La información que tengo es que las alcaldías realizan estos cobros y que están funcionando bien; por lo tanto, los jueces de paz no tienen que hacer esos cobros que, además, propician la corrupción porque anteriormente los corregidores no daban recibo y se quedaban con ese dinero. No entiendo quién propuso estas reformas porque he hablado con asesores de alcaldías y no están de acuerdo con esa medida. Las reformas también implican que los jueces de paz pueden ordenar privación de libertad en los casos de reincidencia hasta por un año, no se puede condenar a nadie ni siquiera a una semana de prisión si esa persona no ha tenido un abogado defensor. Entonces, van a designar defensores de oficio en justicia comunitaria de paz y, además, el mismo que investiga no puede juzgar porque el país ya cuenta con el sistema penal acusatorio. El juez de paz va a investigar y castigar, eso no puede ser.

SE HA CUESTIONADO MUCHO QUE LOS JUECES DE PAZ NO GARANTIZAN LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS. ¿CUÁL ES SU ANÁLISIS?

Si hace referencia a las víctimas de los delitos, nosotros somos del criterio que los jueces de paz no deben conocer delitos, todo lo que tiene que ver con hurto agravado, robo, pandillas juveniles o la criminalidad que agobia al ciudadano debe ser de la justicia penal y de la justicia comunitaria de paz porque la justicia de paz no tiene investigadores o una agencia de instrucción. El juez de paz no tiene personal; ayer (el miércoles) estaba en Veraguas y la semana pasada en Chiriquí y los jueces de paz están funcionando solos y, en el mejor de los casos, tienen una secretaria. Dejar la criminalidad en los jueces de paz es la sinvergüenzura más grande que he visto en este país. Los fiscales y personeros tienen que hacer su trabajo y si están colapsados por la cantidad de casos que atienden, lo que hay que hacer es darle más recursos al Ministerio Público para designar fiscales de pequeñas causas.

UNO DE LOS CANDIDATOS A LA ALCALDÍA DE PANAMÁ HA PROPUESTO VOLVER AL SISTEMA DE CORREGIDURÍAS. ¿QUÉ PIENSA USTED?

Primero, que se trata de una ley que tiene que ser llevada a la Asamblea Nacional, y los candidatos acaban de firmar el compromiso de los Objetivos de Desarrollo Social de la Concertación Nacional para el Desarrollo y allí se establece que necesitamos sociedades pacíficas e inclusivas y dentro de este compromiso está la justicia de paz como un elemento para trabajar en la prevención de la violencia. Entonces, no entiendo cómo alguien puede decir que puede derogar la justicia de paz cuando todos los candidatos a la Presidencia se están comprometiendo con los Objetivos de Desarrollo Social.

A SU JUICIO, ¿CUÁLES SERÍAN LAS DEBILIDADES QUE ENFRENTA EL SISTEMA DE JUECES DE PAZ Y CÓMO SE PUEDEN SUPERAR?

Las debilidades son que no tiene presupuesto, no se ha buscado la salida para el tema presupuestario y los alcaldes no se han comprometido con la justicia comunitaria de paz. En la región de Azuero la situación es crítica porque hay un juez de paz para cinco corregimientos; entonces, los alcaldes no están asumiendo su responsabilidad. Esperamos que con el cambio de gobierno vengan nuevas autoridades con la mentalidad de cumplir con el rol de los municipios en la prevención de la violencia, porque históricamente no han tenido ese rol, pero vivimos en nuevos tiempos en los que la política de seguridad ciudadana es una política descentralizada; por tanto, los alcaldes tienen un rol que jugar en la prevención y la justicia comunitaria de paz es una herramienta. No se puede evaluar si la justicia comunitaria de paz funciona o no si no tienen los recursos para operar, lo que está ocurriendo es un desastre no por la ley, sino porque los jueces de paz no cuentan con los recursos. Ataquemos donde está el problema, que es la falta de compromiso de los alcaldes y del gobierno para dotar de recursos a la justicia comunitaria de paz.

AMYLET A. TORRES | ABOGADA

EL MINISTRO DE GOBIERNO HA SEÑALADO EN REITERADAS OCASIONES QUE LAS MODIFICACIONES PRESENTADAS SON SOLO ALGUNAS DE LAS QUE DEBEN REALIZARSE

¿CUÁL ES SU ANÁLISIS DEL SISTEMA DE JUECES COMUNITARIOS DE PAZ?

La justicia comunitaria de paz es el resultado del consenso de un Pacto de Estado por la Justicia que data del año 2005. Es un sistema moderno y garantista que se encuentra instituido mediante una ley que crea la figura del juez de paz, escogido a través de un proceso de selección en cumplimiento de requisitos académicos y éticos y, cuyo desempeño está fundamentado en los principios de transparencia, informalidad, equidad, oralidad y respeto a los derechos humanos y con el uso de nuevas herramientas de diálogo como la conciliación y la mediación comunitaria. A través de la Comisión Técnica Distrital, la comunidad tiene la oportunidad de supervisar la labor que desempeña el juez de paz en cada una de sus comunidades, como alternativa que brinda este nuevo sistema de administrar justicia.

EL MINISTERIO DE GOBIERNO HA PRESENTADO UNAS REFORMAS AL SISTEMA. ¿QUÉ PIENSA AL RESPECTO?

El Ministro de Gobierno ha señalado en reiteradas ocasiones que las modificaciones presentadas son solo algunas de las que se deben realizar. Se han contemplado temas como salarios de los operadores del sistema, nuevas competencias de los jueces, ordenamiento de las sanciones y transparencia en la conformación de las Comisiones Técnicas Distritales. Las reformas presentadas tienen el propósito de fortalecer el sistema de justicia comunitaria de paz garantizando que la misma sea respetuosa de los derechos humanos, que promueva los métodos de solución de conflictos y el diálogo entre las partes.

SE HA CUESTIONADO MUCHO QUE LOS JUECES DE PAZ NO GARANTIZAN LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS. ¿CUÁL ES SU ANÁLISIS?

El sistema de justicia de paz en su procedimiento obliga al juez de paz a promover la mediación y conciliación comunitaria como método de solución de conflictos; al igual que lo obliga a procurar la restauración de las relaciones interpersonales, siempre reconociendo los derechos de la víctima (artículos 33, 35 y 44 de la Ley 16 de 2016). Todo lo anterior, con la anuencia de las partes. Por lo anterior, los derechos de las víctimas deben ser garantizados por el juez de paz en los casos que se ventilen en las Casas de Justicia Comunitarias de Paz. De no ocurrir, las propias víctimas deben presentar los recursos de impugnación ante la Comisión de Ejecución y Apelación correspondiente.

UNO DE LOS CANDIDATOS A LA ALCALDÍA DE PANAMÁ HA PROPUESTO VOLVER AL SISTEMA DE CORREGIDURÍAS. ¿QUÉ PIENSA USTED?

Volver a las corregidurías sería un retroceso en materia de justicia local para nuestro país, lo que implicaría el nombramiento por compromisos políticos y amiguismo, funcionarios de libre nombramiento y remoción, funcionarios sin la preparación académica para ejercer el cargo. Además del tráfico de influencias y corrupción, las cuotas establecidas de recaudación, la mora en los procesos, a esto se suma que primarán las multas sobre el resarcimiento del daño y con ello, la ruptura del tejido social e ilegalidad en el debido proceso. El abuso de autoridad en la aplicación de medidas de privación de libertad.

A SU JUICIO, ¿CUÁLES SERÍAN LAS DEBILIDADES QUE ENFRENTA EL SISTEMA DE JUECES DE PAZ Y CÓMO SE PUEDEN SUPERAR?

La principal debilidad del sistema de jueces de paz como está concebido en nuestro país es la falta de voluntad política de las autoridades municipales responsables, por ley, de ejecutar el sistema. Además, la falta de nombramiento de los mediadores comunitarios, la resistencia al cambio propio de la aplicación de un nuevo sistema de justicia y la falta de empoderamiento de los principales actores.

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