• 07/10/2010 02:00

Violencia intradoméstica

El proyecto de ley que modifica y adiciona artículos de la Ley 38 de 2001 sobre Violencia Doméstica, hoy en la Asamblea Nacional, es de ...

El proyecto de ley que modifica y adiciona artículos de la Ley 38 de 2001 sobre Violencia Doméstica, hoy en la Asamblea Nacional, es de gran importancia para todos, especialmente quienes hemos sido víctimas de la violencia doméstica. De niña me advirtieron nunca hablar con extraños, podían hacerme daño; pero la vida me ha enseñado que las personas que más daño hacen son las más allegadas, íntimas, cercanas a nuestras vidas, en quienes confiamos y pensamos que nos van a proteger, quien metemos en nuestro lecho.

Los casos de muerte de la mayoría de las mujeres son de la mano del amigo, marido, esposo o amante. A veces de los mismos familiares. La Violencia Intradoméstica y la asfixia económica se ven sin distingo en todas las clases sociales, independientemente del nivel cultural o económico, solo que ‘los grandes’ tienen los medios para ocultarla. Como psicóloga, trabajadora de la salud y de la enseñanza he conocido íntimamente muchos casos de víctimas de la violencia y acoso moral cotidiano en diferentes esferas.

Hay un caso de una humilde panameña, cuyo marido tomó un machete y le cortó la mano. Temerosa, llevó su mano en un cartucho al hospital, dos prominentes cirujanos plásticos panameños pasaron 20 horas operándola gratuitamente hasta salvarle la mano, que le funciona, la puede utilizar, dejando una gran cicatriz, pero hay cicatrices en el alma que no se pueden borrar, la verdad es más aterradora que la fantasía. La violencia crece en los medios televisivos, que incrementan los programas violentos engendrando más agresividad en los jóvenes y adultos.

Recuerdo una noche, apareció una vecina embarazada a tocar mi puerta con el vientre morado de los golpes que su esposo le había propinado por consecuencia, perdió su hijo. Su marido le pegaba salvajemente, pasaba días sin dirigirle la palabra, la asfixiaba económicamente. Sin embargo, delante de la sociedad era un hombre encantador y galante. Muchos son los casos que quedan impunes en todas partes del mundo cuando hay influencia. La víctima queda aislada. Como dicen ‘cornudo y apaleado’.

Es indignante que en pleno siglo XXI se practique la lapidación y sentencia de muerte a la mujer acusada de adulterio, cuando esta práctica es tolerada en los hombres. Una de las maneras más comunes de violencia intrafamiliar es la asfixia económica.

Se entiende por violencia doméstica todo tipo de ‘violencia sexual o psicológica, la intimidación o persecución de una persona por su cónyuge, ex cónyuge, familiares o parientes con quien cohabita o haya habitado, viva o haya vivido bajo el mismo techo o sostenga una persona con quien se haya procreado un hijo, para causarle daño físico o emocional a su persona’. La violencia física es el uso de la fuerza o coerción por parte del agresor contra la víctima para lograr que haga algo que no desea o deje de hacer algo que desea por encima de sus derechos.

Violencia patrimonial: Acción a omisión dolosa que implica daños, pérdidas, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, derechos a otros recursos económicos destinados a satisfaces las necesidades básicas.

Violencia sicológica: Toda acción u omisión que realiza una persona contra otra destinada a coaccionar, degradar o controlar las acciones, comportamiento creencias, sentimientos o decisiones de las personas. Se manifiesta por medio de intimidación, manipulación, amenazas directa o indirecta, permanente, hostigamiento, acoso o menosprecio al valor personal destrucción de objetos apreciados por la persona, privación al acceso a la alimentación, humillación, aislamiento o cualquier otra conducta que implique un perjuicio en la salud psicológica, la autodeterminación o el desarrollo personal.

Conozco el caso de un alto funcionario público adúltero, quien reventaba imágenes sagradas, cuadros, vajillas, golpeaba, amenazaba de muerte a su esposa e hijas y portaba armas atemorizando a la familia. La nueva ley castiga la violencia patrimonial, sexual y psicológica, prohíbe que se introduzcan o se mantengan armas en el domicilio común, así como incautarlas, a fin de garantizar que no se utilicen para intimidar amenazar ni causar daño, con independencia de la profesión u oficio del presunto agresor. Prohíbe al presunto agresor acercarse al domicilio común o aquel donde se encuentre la víctima, lugar de trabajo, estudio u otro habitualmente frecuentado por ésta. Ordenar al presunto agresor cubrir el costo de la reparación de los bienes o de la atención médica. Dicho costo será descontado, en caso de condena civil.

Sin perjuicio de que se inicie o continúe el proceso civil, penal familiar o administrativo respectivo, la autoridad, cuando tenga conocimiento del hecho queda inmediatamente facultada según su competencia para aplicar a favor de las víctimas de la violencia doméstica las siguientes medidas de protección: Ordenar el arresto provisional del agresor por un término que no sobrepase las 72 horas. Ordenar al presunto agresor que desaloje la casa de habitación que comparte con la víctima, independientemente de quién sea el propietario de la vivienda. Otorgar en uso exclusivo a la persona agredida los bienes muebles necesarios para el funcionamiento adecuado del núcleo familiar.

*PSICÓLOGA, CATEDRÁTICA TITULAR, UNIVERSIDAD DE PANAMÁ.

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