• 02/06/2018 02:01

La ética de la legítima defensa

En artículo anterior abordé la legítima defensa desde la óptica jurídica. En esta ocasión lo hago desde la perspectiva ética.

En artículo anterior abordé la legítima defensa desde la óptica jurídica. En esta ocasión lo hago desde la perspectiva ética. Y me anima una frase que he escuchado con frecuencia: que la violencia nunca es la solución, porque la violencia solo genera violencia. Esta frase es una de esas cosas que se repiten tanto que llega el momento en que nadie las cuestiona, pero esta frase amerita ser cuestionada.

Si los buenos renuncian de forma unilateral a la violencia, ¿qué impide que los malos sometan a los buenos? San Agustín consideró que quien defiende la propia vida matando a otro comete un mal menor. No obstante, apuntó a que si bien las leyes humanas tenían plena justificación en exonerar de culpa a quien mata en legítima defensa, la ley divina no perdona a quien así actúa y toma otra vida humana.

Santo Tomás, sin embargo, discrepa con San Agustín, pues afirma que quien mata en defensa propia sin querer la muerte de su agresor, obra sin pecado. Esto es, quien usa fuerza letal, aún sabiendo que puede resultar la muerte del agresor, pero sin querer que esta resulte, sino que tan solo usa dicha fuerza letal como medio para repeler la agresión y salvar la propia vida, no peca si no ha tenido como fin la muerte del agresor. Pecaría, sin embargo, si aunque actuase en defensa frente a una agresión injusta, usara la fuerza letal queriendo la muerte del agresor. En otras palabras, para Santo Tomás la defensa con fuerza letal es lícita cuando el actor solo quiere el efecto bueno, cual es la conservación de la vida inocente, en tanto que no desea el otro efecto, la pérdida de la vida del agresor, aun cuando esta sea inevitable.

Pero, ¿en qué queda eso del mandamiento bíblico de ‘no matarás'? El texto hebreo del que se traduce el Antiguo Testamento usa la expresión ‘Lo Tirtzach', sobre la que hay todo un debate académico. Yo ni sé nada de hebrero ni mucho menos soy exégeta bíblico, pero lo que he leído al respecto es que la expresión se traduce con mayor precisión como ‘no cometerás asesinato'. Asesinato es cualitativamente distinto de matar. Matar es tomar otra vida, y puede ser un delito, pero no lo es cuando resulta sin culpa del causante. Asesinar, en cambio, implica necesariamente hacerlo con intención. Pero más allá del debate lingüístico de si es matar o asesinar, el Torah hebreo y la Biblia cristiana dan contexto suficiente para dejar claro que hay situaciones en que matar está permitido. La legítima defensa es la primordial de ellas.

El Derecho en Occidente ha contemplado desde siempre la legítima defensa. Ulpiano decía que es lícito repeler la violencia con violencia (‘liceat vim vi repelere'). Esta máxima de Ulpiano fue compendiada en el Digesto del emperador Justiniano, que era un complemento a su ‘Corpus Iuris Civilis', que a su vez no era sino una codificación del derecho consuetudinario clásico.

En el derecho anglosajón, la jurisprudencia del ‘Common Law' —nutrido también por la tradición jurídica romana— desarrolló la Doctrina del Castillo, según la cual la casa o morada de toda persona es su castillo y esta tiene derecho a defenderla por los medios que sean necesarios ante cualquier agresión injustificada.

Ninguna especie animal puede subsistir sin un fuerte instinto de autopreservación en cada individuo. El impulso de defenderse frente a una agresión es tan natural que no requiere ser cultivada, sino que es innato. Usted puede constatarlo observando a cualquier cachorro. El Hombre no escapa a esta realidad. Pero ese instinto de autopreservación no es meramente excusable por ser innato, sino que además es un imperativo moral. Precisamente porque es inmoral tomar una vida ajena, resulta imperativo para los buenos hacer lo que esté a su alcance para impedir que un agresor logre su cometido de matar a otra persona inocente. Si ello implica hacer uso de violencia para proteger la vida inocente, y de ella resulta la muerte del agresor, estoy con Santo Tomás: el fin de preservar la vida inocente es válido, aunque de ello resulte la muerte del agresor. Ulpiano tenía razón: hay ocasiones en que la violencia solo se puede combatir con violencia, aunque a esta solo se deba recurrir como último recurso.

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