• 22/03/2019 12:15

Justicia comunitaria de paz o miseria de justicia

La Ley de Paz no hay que modificarla para complacer a los “Torquemada” del siglo XXI, eufemísticamente denominados jueces de paz, sino derogar totalmente una norma que “nació muerta”

El novel ministro de Gobierno la semana pasada presentó una iniciativa legislativa ante la Asamblea Nacional para modificar la Ley 16 de 2016, de Justicia Comunitaria de Paz, hoy publica un escrito en el cual -desde el título, hasta la última palabra- denota una “ignorancia inexcusable” de la norma que pretende cambiar, ello es así, porque es absolutamente falso que la Ley de Paz, eliminó los desafueros, discrecionalidades, abusos y la “politización” de la extinguida justicia administrativa de policía, al contrario, dicha excerta jurídica  ha retrotraído esta jurisdicción a períodos de “ingrata recordación”.

La Ley de Paz no hay que modificarla para complacer a los “Torquemada” del siglo XXI, eufemísticamente denominados jueces de paz, sino derogar totalmente una norma que “nació muerta”. ¿Cuáles son modificaciones propuestas por el jefe de la Cartera de Gobierno? 1. Aumentar el salario a los nuevos inquisidores, mal llamados  jueces de paz; 2. Establecer competencia para los jueces nocturnos de paz; 3. Nombrar secretarios idóneos y; 4. Facultar a los jueces de paz para privar de libertad a la gente pobre de Panamá, en términos coloquiales, meter presos a los “hijos de la cocinera”. ¿Por qué estas reformas solamente? Porque son las peticiones de los jueces de paz, únicos participantes de la famosa “consulta nacional” de la que habla el imberbe ministro de gobierno. Medidas que llevarían  –las actuales tropelías de los jueces de paz- a grados de arbitrariedad y de cohechos, realmente inimaginables.

El artículo del ministro de Gobierno en lugar aclarar y ampliar la conveniencia del cambio de la Ley, crea más incertidumbres. Según el joven titular de gobierno,  el antecedente de la Ley es que “la jurisdicción en Argentina tiene 20 años y en Panamá está vigente desde el año 2018”. ¡Tremenda perla! Ignora que la legislación –en la Asamblea Nacional- fue transfigurada en una “sábana de retazo”, surgiendo de allí un esperpento jurídico, una paparrucha de ley. Tampoco dice que la norma en comento estableció un período de 2 años para su implementación, su ministerio le “dio la espalda” y de las antiguas corregidurias a las “nuevas” Casas de Paz, solo hubo una mudanza de “la misma gente en su propio ambiente”. 
En principio, el gobierno central financiaría la ejecución del nuevo modelo de administrar justicia, principalmente, para la gente pobre, sin embargo, al final todo pasó a manos de los municipios con resultados verdaderamente desastrosos y tenebrosos, verbigracia, se imparte la Ley en ruinosas edificaciones, sin equipo nuevo alguno, con el mismo e incompetente personal y jueces cuyas actuaciones “meten miedo”.

Peor aún, el jefe de la cartera de Gobierno se “pavonea” de que en la justicia comunitaria  de paz las personas tienen “la oportunidad de resolver sus conflictos a través de los métodos alternos de solución” (sic); sin embargo, en las “Casas de Paz” no se han escogido aún a los MEDIADORES COMUNITARIOS. Adicionalmente, los actuales jueces de paz, fueron seleccionados en concursos caracterizados por la opacidad y la poca  transparencia, porque la propia ley establece una supremacía de los Honorables Representantes de Corregimiento en la “Comisión Técnica Distrital”, responsable de la selección y recomendación para el nombramiento.

En fin, considero el Proyecto de Ley modificador de la “Jurisdicción Especial de Justicia Comunitaria de Paz” como una trampa y un gran engaño y harían muy bien los Honorables Diputados de la Comisión de Gobierno en archivar el proyecto de marras y, por su parte, el ministerio de Gobierno debe ocuparse en suministrar -para la consulta y debate público- los informes trimestrales que por mandato de la Ley deben presentar los Jueces de Paz. ¡Así de sencilla es la cosa!

El autor es abogado y analista político.

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