El MEF pone pautas a los traslados de partidas

  • 09/08/2015 02:00
El traslado de partidas superiores a los $3 millones tienen que llevar el visto bueno o la no objeción del ministro de Economía y Finanzas.

El traslado de partidas superiores a los $3 millones tienen que llevar el visto bueno o la no objeción del ministro de Economía y Finanzas (MEF). Así quedó establecido en el Decreto Ejecutivo No. 321 del 13 de julio de 2015, publicado el Gaceta Oficial el pasado viernes.

Cuando el monto es inferior a los $300 mil la no objeción la podrá dar el director de Presupuesto de la Nacional y si el traslado es de $300,001 a $3 millones la responsabilidad será del viceministro de Economía.

De esta manera el MEF intenta subsanar ‘los vacíos existentes en el sistema vigente y para identificar debidamente a los funcionarios responsables de autorizar estos trámites'.

El Decreto Ejecutivo establece que los traslados de partidas solo se podrán realizar desde el 1 de febrero al 31 de octubre, sin embargo, se establecieron excepciones permanentes para obras sociales.

La norma también establece que no se podrá dividir el gasto de la partida presupuestaria en partes o grupos con la finalidad de que el monto del traslado no alcance los $300 mil, excepto las transferencias corrientes y de capital de las juntas comunales y los municipios.

Las entidades públicas que solicitan el traslado de partida deben explicar al MEF las razones que justifican cada trámite y las solicitudes deben ser firmadas por el representante legal de la institución.

Será la Dirección de Presupuesto de la Nación la que gestione y verifique la viabilidad del trámite, antes de que la Asamblea Nacional lo apruebe o no.

==========

PROCESO Y GESTIÓN

La Comisión de Presupuesto aprueban los traslados de partida

Tres funcionarios del MEF avalarán la solicitud, dependiendo del monto.

La regulación prohibe dividir los montos de una misma partida.

Lo Nuevo