Economía

Acodeco y DGI verifican emisión y entrega al consumidor de la facturación fiscal

La Acodeco y la DGI firmaron un acuerdo de cooperación interinstitucional para ejercer sus funciones de fiscalización y supervisión en cuanto a la emisión y entrega al consumidor de la factura electrónica. Archivo | La Estrella de Panamá
  • 20/01/2025 00:00

El artículo 36 de la Ley 45 de 2007 establece como obligatorio la entrega de la factura electrónica o comprobante de compra

La entrega de la factura electrónica o comprobante de compra al consumidor no es opcional, es una obligación del proveedor, tal como lo establece el artículo 36 de la Ley 45 de 2007.

Cuantas veces hemos escuchado a consumidores expresar su molestia en las redes sociales, cuando se le pregunta: “¿desea la factura fiscal?”. Y es que para interponer una reclamación ante la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), es fundamental la presentación del documento que demuestra efectivamente la relación de consumo.

Recientemente, la Acodeco suscribió un convenio de cooperación interinstitucional con la Dirección General de Ingresos (DGI), por medio del cual se establece una coordinación conjunta para que las partes puedan ejercer exitosamente sus funciones de fiscalización y supervisión.

Este nuevo reto tendrá éxito en la medida que se hagan las inspecciones in situ y operativos masivos a nivel nacional. También en la investigación de las denuncias de los consumidores a través de las plataformas electrónicas de ambas instituciones y en sus redes sociales. Se necesita que los consumidores se empoderen, hagan valer sus derechos y denuncien, para lo cual aportarán el nombre del comercio y su ubicación específica.

La verificación de facturación electrónica no es nueva para la Acodeco, ya que por ejemplo cuando se acerca el tiempo escolar, llegan denuncias de consumidores que alegan que el agente económico le está facturando el cobro de 7% de itbms en artículos escolares, lo cual no es permitido. Luego de verificación, se compulsan copias de las actas de verificación a la DGI con los hallazgos para se que tomen las medidas correspondientes con el comercio.

Otro punto importante del mencionado convenio, es que ambas instituciones podrán compartir facilidades e infraestructura para realizar las inspecciones y recibir denuncias (en quioscos, centros de información, módulos de atención en centros comerciales y plazas), participar en las ferias nacionales, donde colocarán material informativo para los contribuyentes. Se reforzarán las capacitaciones a los verificadores y fiscalizadores de cada entidad, sobre todo en temas de protección al consumidor y de libre competencia.

Cabe señalar que ambas instituciones se comprometen y obligan a mantener en todo momento el carácter de información de acceso restringido de toda la información recibida en virtud de este convenio por razón del intercambio de información, obligándose a no divulgarla ni facilitarla a terceras personas.