Chapman descarta renta sustitutiva por cambios al ITBI; economistas difieren sobre impacto fiscal
- 04/09/2026 00:00
En un contexto donde Panamá enfrenta presiones de las calificadoras de riesgo y la necesidad de consolidar sus finanzas públicas, la decisión sobre el ITBI se convierte en un punto de inflexión entre la política social de acceso a la vivienda y la sostenibilidad fiscal del Estado
El ministro de Economía y Finanzas (MEF), Felipe Chapman, afirmó que el Gobierno no aplicará una renta sustitutiva tras las modificaciones al Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI), una decisión que ha generado debate entre especialistas en materia fiscal y económica.
“Nunca se habló de renta sustitutiva”. Así se retractó el ministro del MEF luego de que el 13 de agosto dijo ante la Asamblea Nacional (durante la presentación del proyecto de ley de modificación del régimen del ITBI, ya aprobado por el Órgano Legislativo y sancionado por el Ejecutivo), que “al reducir un ingreso incorporado al presupuesto general del Estado, esta medida debe cumplir con el artículo 276 de la Constitución de la República de Panamá, que exige establecer rentas sustitutivas”.
En declaraciones a los medios, Chapman sostuvo que “habían dos opiniones y eso es algo fascinante de las interpretaciones de abogados. Esto fue consultado con muchos abogados y las interpretaciones eran diez veces por cada uno”.
El titular del MEF explicó que al examinar la Constitución se identifican tres elementos claros: el Legislativo que aprueba, el Ejecutivo que aplica y la Corte Suprema de Justicia que interpreta las leyes.
Bajo esa lógica, dijo, el Gobierno decidió acogerse a la opinión legal que establece que al no eliminarse la totalidad del ITBI no es necesario crear una renta sustitutiva.
Chapman subrayó que los ingresos del impuesto se mantienen en el Presupuesto General del Estado 2026 y en el proyecto de ley del Presupuesto 2027.
“De hecho, se va a recaudar del ITBI. Lo que se está entregando es un beneficio al segmento de menor valor, pero las viviendas de mayor valor sí van a pagar, cosa que no ocurría antes del 1 de enero”, puntualizó.
El ministro recordó que desde la década de 1970 las viviendas de alto valor no pagaban el ITBI. “Aquí hay un cambio importante: solo las viviendas de bajo precio quedarán exentas, mientras que las de valor medio y alto sí deberán contribuir”.
Para proponer cambios al ITBI, el MEF presentó una reforma a la ley que atendía el mandato establecido en el artículo 276 de la Constitución Política, que exige establecer nuevas rentas sustitutivas o aumentar las existentes cuando una modificación tributaria afecte ingresos incorporados al Presupuesto General del Estado.
En cumplimiento de este principio, se creó una iniciativa para establecer Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios a las plataformas digitales que no estuvieran reguladas en el país.
Según las estimaciones del MEF, el fortalecimiento de la recaudación proveniente de estas operaciones permitirá compensar el impacto fiscal del beneficio tributario propuesto para la vivienda de alrededor de $100 millones.
Sin embargo, aunque la propuesta no llegó a la Asamblea, sí generó un rechazo en los diputados y en los usuarios de plataformas digitales, que considedaron que la medida solo buscaba generar una presión económica a los grupos de la clase trabajadora.
Las economistas Susana Vásquez y Yariella Zeballos coincidieron en que la medida en los cambios de la renta sustitutiva sí generan un impacto negativo en las finanzas públicas.
Ambas coincidieron en que financieramente, el balance neto será deficitario, ya que el volumen del mercado inmobiliario panameño se concentra por debajo de los $120,000, un segmento completamente exonerado.
“Las viviendas con valor por encima del monto exonerado no son suficientes para compensar dicha pérdida, pues su precio de mercado es elevado y su rotación es baja, lo que genera presión e incertidumbre en ese segmento”, explicó Zeballos, quien además advirtió que al no establecerse una renta sustitutiva se agrava el déficit, se presiona al alza la deuda y el costo de financiamiento del país, obligando en el mediano plazo a recortar inversión pública o gasto social. “Esto envía una señal de debilidad fiscal a las calificadoras e inversionistas”, subrayó.
Según Vásquez, la estructura de la ley está diseñada como un sacrificio fiscal intencional para dinamizar el sector, no como un modelo de compensación tributaria. El riesgo principal, agregó, es la profundización del déficit estructural y el agravamiento de la rigidez del gasto del Gobierno Central.
La economista recordó que el Estado perdió una fuente alternativa de ingresos al descartarse la fiscalización del ITBMS a plataformas digitales por presión ciudadana. “En un entorno donde las agencias calificadoras de riesgo monitorean estrictamente las metas de consolidación fiscal de Panamá, omitir la compensación de estos flujos debilita la posición financiera del Estado, forzándolo a depender exclusivamente de ganancias en la eficiencia de los tributos vigentes”, advirtió.
Sobre la compensación de ingresos perdidos, Zeballos planteó alternativas como mejorar la recaudación del Impuesto de Inmuebles mediante la actualización catastral y el cobro de morosidad, crear una sobretasa a segundas viviendas y propiedades de alto valor, y cerrar brechas de evasión en ITBMS y Renta. “Estas fuentes tienen un potencial recaudatorio mayor y son menos distorsivas que gravar la primera vivienda; sin embargo, requieren análisis técnicos fiscales serios por parte de la Administración”, contó.
El economista Erick Molino Ferrer respaldó la eliminación del ITBI para viviendas de hasta $120,000, al considerar que la medida es acertada. “La eliminación del ITBI hasta $120 mil es acertada porque al final la recaudación adicional no compensaba la pérdida que se tenía en la actividad económica y los impuestos que estos generaban”, afirmó.
Molino sostuvo que la exoneración permitirá una reactivación del sector construcción, lo que a su vez aumentará la recaudación en otros tributos como el ITBMS, el Impuesto sobre la Renta y las contribuciones a la Caja de Seguro Social derivadas de nuevos empleos.
Desde su perspectiva, no es necesaria una renta sustitutiva porque el ITBI no iba a incrementar la recaudación, sino a reducirla. “La construcción tiene un efecto multiplicador en la economía y su dinamización genera más ingresos fiscales que la propia existencia del impuesto”, manifestó.
El economista Luis Alberto Morán coincidió en que la reducción del impuesto puede incentivar la demanda de vivienda y dinamizar el sector construcción, especialmente en proyectos residenciales. “Al reducir este impuesto y exonerar ciertos montos, se eliminan trabas que encarecían las viviendas y se facilita que las familias panameñas puedan acceder a una vivienda nueva”, señaló.
Morán destacó que la medida no solo beneficiará la demanda, sino también la oferta, al ayudar a colocar inventarios de proyectos residenciales que no lograban concretar ventas. Sin embargo, advirtió que el impacto fiscal debe manejarse con disciplina. “Al no haber una renta sustitutiva, es fundamental mejorar la política de recaudación y ampliar la base de contribuyentes para sostener los ingresos del Estado”.
El economista subrayó que el sector construcción tiene un efecto multiplicador en la economía, no solo en viviendas, sino también en proyectos comerciales, oficinas y obras de infraestructura. “Definitivamente esto debe ir de la mano con políticas de empleo, porque para adquirir una vivienda las familias necesitan estabilidad laboral y financiera”, concluyó.