Ley de Sustancia Económica impulsa reputación e inversión extranjera en Panamá: Superintendencia de Bancos
- 29/05/2026 12:14
Los bancos destacaron el respaldo unánime de la Asamblea Nacional a la propuesta del Ejecutivo, lo que consideraron un hecho poco común y un reflejo del compromiso del país con la transparencia fiscal
La recién sancionada Ley de Sustancia Económica ha generado un amplio respaldo en el sector financiero panameño, al ser considerada una pieza clave para fortalecer la transparencia y mejorar la reputación internacional del país.
Tanto el superintendente de Bancos de Panamá, Milton Ayón Wong, como la directora de Regulación de la Superintendencia de Bancos, Raquel Velasco, coincidieron en que la norma representa un paso decisivo para consolidar la confianza en el sistema bancario y atraer inversión extranjera.
Ayón Wong explicó que la banca panameña no se ha visto afectada directamente por la nueva legislación, dado que siempre ha operado con sustancia económica real.
“En el caso de Panamá, la sustancia económica siempre ha sido una realidad y no había por qué tocar ese aspecto”, afirmó, al subrayar que el país no es un centro “de placas” como ocurre en otras jurisdicciones del Caribe.
Recordó que los 63 bancos que operan en Panamá cuentan con oficinas físicas, equipos corporativos y operaciones regionales efectivas, lo que demuestra que no se trata de estructuras de papel.
Incluso, añadió, algunos grupos financieros están trasladando sus family offices y personal corporativo a Panamá, reforzando la presencia real del sector.
El superintendente también destacó el respaldo unánime de la Asamblea Nacional a la propuesta del Ejecutivo, lo que consideró un hecho poco común y un reflejo del compromiso del país con la transparencia fiscal.
“Ojalá podamos salir de la lista discriminatoria que nos tienen como paraíso fiscal”, expresó, confiando en que la salida de Panamá de las listas de la OCDE permitiría recuperar la confianza de la banca europea.
Recordó que antes de ser incluido en dichas listas, Panamá contaba con la presencia de bancos franceses y alemanes, y aseguró que la recuperación de esa confianza sería “muy positiva para el centro bancario y para el país”.
Raquel Velasco enfatizó que la percepción internacional había generado un sesgo reputacional en el sistema financiero panameño, aun cuando los flujos cuestionados no necesariamente pasaban por la banca local.
En ese sentido, consideró que la nueva ley aporta seguridad jurídica al Estado y fortalece la imagen corporativa de las empresas domiciliadas en Panamá.
“Esta ley tiene efectos reputacionales positivos para nuestro país. Primero, mejora la imagen de Panamá como una jurisdicción seria. Segundo, ayuda a la salida de las listas grises. Tercero, mejora la confianza bancaria internacional porque facilita relaciones, reduce sospechas de estructuras offshore y mejora los due diligence. Y cuarto, atrae inversión real”, explicó.
Velasco añadió que la norma permitirá transformar sociedades pasivas en operaciones con empleo calificado y servicios corporativos genuinos, lo que contribuirá a un sistema financiero más sólido y transparente.
“De una forma generalizada, esta ley tiene muchísimos aspectos positivos para nuestro país e indirectamente para nuestro sistema financiero”, comentó.
El presidente José Raúl Mulino sancionó este jueves la Ley No. 526 de 28 de mayo de 2026, la cual introduce modificaciones y adiciones fundamentales al Código Fiscal relativas al impuesto sobre la renta y las reglas de sustancia económica para determinadas rentas pasivas de fuente extranjera.
La nueva normativa, publicada en la Gaceta Oficial No. 30534-B este mismo jueves, establece un marco de cumplimiento para entidades integrantes de grupos multinacionales domiciliadas o constituidas en Panamá que perciban rentas pasivas provenientes del exterior.
Puntos clave de la Ley No. 526
Reglas de sustancia económica: Las empresas deberán acreditar el cumplimiento de condiciones de sustancia económica —que incluyen recursos humanos, activos, dirección y gestión efectiva en el territorio nacional— para que sus rentas pasivas de fuente extranjera no sean consideradas gravadas, manteniendo el principio de territorialidad.
Entidades no calificadas: Aquellas entidades que no cumplan con los requisitos de reporte o de sustancia económica serán consideradas “no calificadas” y estarán sujetas a una tarifa única y definitiva del 15% sobre la renta neta gravable.
Rentas pasivas alcanzadas: La ley aplica a ingresos por dividendos, intereses, regalías, ganancias de capital, rentas de capital inmobiliario y otras rentas de capital mobiliario provenientes de fuente extranjera.
Obligaciones de reporte: Se establece la obligatoriedad de presentar, anualmente dentro de la declaración jurada de renta, la información necesaria para demostrar la sustancia económica.
Cláusula antiabuso: El Ministerio de Economía y Finanzas está facultado para desconocer mecanismos establecidos con el propósito principal de obtener ventajas tributarias que desvirtúen el objeto de esta ley.