Panamá endurece las reglas de prevención de delitos financieros en los bancos

El sector bancario de Panamá es un pilar estratégico y motor de su economía.
  • 24/06/2026 00:00

A través del Acuerdo No. 3-2026 de 29 de mayo de 2026 se busca fortalecer la seguridad jurídica, la transparencia y la objetividad en la aplicación de sanciones por parte de la SBP

La Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) estableció nuevos criterios para la imposición y graduación de las sanciones administrativas aplicables a los bancos por incumplimientos al régimen de prevención del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

La nueva normativa, establecida a través del Acuerdo No. 3-2026 de 29 de mayo de 2026, tiene como objetivo fortalecer la seguridad jurídica, la transparencia y la objetividad en la aplicación de sanciones por parte de la SBP, proporcionando parámetros claros para la evaluación y determinación de las medidas administrativas correspondientes.

”El acuerdo será aplicable a las entidades bancarias que incurran, por acción u omisión, inobservancias al régimen de prevención del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”, advirtió la SBP mediante un comunicado emitido por la institución. El regulador detalló que dichas infracciones serán tramitadas conforme al procedimiento sancionatorio establecido en el Acuerdo No. 9-2015.

Gradualidad y proporcionalidad

En el referido acuerdo se incorpora un esquema de gradualidad para la determinación de las sanciones, considerando tanto la naturaleza de la infracción como las circunstancias atenuantes y agravantes que puedan concurrir en cada caso. “Este enfoque busca garantizar que las medidas adoptadas sean proporcionales a la gravedad de las conductas identificadas”, señaló.

Asimismo, la regulación contempla un período de transición de cinco años para la aplicación de los montos máximos de las sanciones. Durante el primer año, se aplicará el 60% del monto máximo establecido, incrementándose en un 10% anual hasta alcanzar el 100% al finalizar el quinto año de vigencia.

La SBP informó, además, que el acuerdo entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, mientras que la aplicación de los montos máximos de las sanciones se implementará de forma gradual conforme al cronograma establecido.

“Con esta iniciativa, la Superintendencia de Bancos de Panamá refuerza su compromiso con el fortalecimiento del sistema bancario, la integridad financiera y el cumplimiento de los estándares nacionales e internacionales en materia de prevención de delitos financieros”, puntualizó el regulador.