SBP oficializa acuerdo que prohíbe el cobro de comisiones y recargos bancarios

Se prohíbe bloquear o restringir el acceso a la banca en línea a aquellos usuarios que presenten atrasos o morosidad en sus créditos. Deposit Photo
  • 11/09/2026 12:36

El acuerdo introduce restricciones claras sobre transacciones cotidianas de depósito y retiro

La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) hizo oficial la aprobación y promulgación del Acuerdo No. 7-2026 (del 25 de agosto de 2026), un marco regulatorio que modifica y adiciona artículos clave al Acuerdo No. 4-2011 sobre las reglas para el cobro de comisiones y recargos en la banca nacional.

Esta nueva normativa representa un avance significativo en la protección de los derechos de los consumidores bancarios y busca restablecer el equilibrio contractual y la transparencia entre los clientes y las entidades bancarias supervisadas.

Principales ajustes en operaciones de pasivo

El acuerdo introduce restricciones claras sobre transacciones cotidianas de depósito y retiro:

Transacciones de efectivo en ventanilla: Los bancos no podrán aplicar comisiones ni cargos por retiros o depósitos en efectivo realizados de manera presencial en cuentas corrientes o de ahorro durante el horario de atención regular.
Excepción de altos volúmenes: Se fija un límite para el manejo masivo de efectivo. Se considerará alto volumen a los depósitos mensuales que, individualmente o acumulados, superen los $10,000.00 en efectivo o los $5,000.00 en monedas.
Gestión de beneficiarios y mensajería internacional: Queda prohibido el cobro por designar o cambiar beneficiarios en cuentas o depósitos a plazo fijo, así como la emisión de confirmaciones del mensaje SWIFT para transferencias internacionales.
Regulaciones

En la cartera de crédito, las modificaciones buscan aliviar la carga económica del deudor y facilitar el refinanciamiento:

Cancelación anticipada e hipotecas: Se elimina la penalización por abonos extraordinarios, cancelación anticipada o traslado de hipotecas de vivienda a otra entidad cuando hayan transcurrido más de 5 años desde la firma del contrato.
Prohibición absoluta en créditos protegidos: En préstamos de consumo, agropecuarios o préstamos hipotecarios amparados bajo leyes de interés preferencial, nunca se cobrarán cargos por pagos extraordinarios o cancelación anticipada.
Aumentos en tasas de interés: Si el banco ajusta al alza la tasa de interés dentro de los primeros 5 años de un crédito hipotecario, el cliente podrá trasladar su préstamo a otra entidad sin costo de penalización.
Certificaciones y trámites gratuitos: Se establece la gratuidad para los pagos de cuotas realizados presencialmente, la emisión de cartas de saldo (situación crediticia), cartas de referencia bancaria y la entrega anual del historial de pagos a solicitud del usuario.
Renovación de pólizas: No se aplicarán recargos por la no entrega a tiempo de renovaciones de seguros privados endosados.
Imputación de pagos

El marco legal protege al deudor al exigir que, si el cliente se encuentra al día y paga un monto mayor a la cuota mensual pactada, el remanente deba aplicarse de manera directa al capital insoluto, prohibiendo que dicho dinero se use para cancelar intereses o cuotas futuras aún no vencidas.

Asimismo, se prohíbe bloquear o restringir el acceso a la banca en línea a aquellos usuarios que presenten atrasos o morosidad en sus créditos.