Una línea peligrosa que la Asamblea decidió cruzar

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  • 28/01/2026 00:00

La decisión de la Asamblea Nacional de autorizar a diputados en funciones a ejercer la abogacía marca un serio retroceso institucional. Aunque la medida encuentre sustento formal en el artículo 158 de la Constitución y en precedentes judiciales, el problema de fondo no es jurídico, es ético y político: el conflicto de intereses es evidente. Un diputado legisla sobre normas que impactan directamente el funcionamiento del sistema judicial, las reglas procesales, la estructura del Estado y los equilibrios de poder. Permitir que, de forma paralela, represente intereses privados ante tribunales desdibuja la línea entre la función pública y el beneficio particular. No se trata solo de lo que es legal, sino de lo que es correcto en términos de integridad pública. La señal es equivocada en un país donde la confianza en las instituciones ya es frágil. La ciudadanía espera dedicación exclusiva, independencia de criterio y distancia clara frente a intereses que puedan interferir con el deber legislativo. Además, el cambio de postura frente al rechazo de una iniciativa similar en 2024 revela una preocupante flexibilidad de principios. Las reglas éticas no pueden acomodarse según mayorías circunstanciales. Cuando quienes hacen las leyes pueden, al mismo tiempo, litigar, la transparencia se debilita y la credibilidad del sistema democrático se resiente.