Opinión

Protesta sí, pero con transparencia: el uso indebido de las SRL en la movilización social

La ciudadanía exige la revocación de la ley 462 de la CSS además de la soberanía de su país luego de la firma del Memorándum de Entendimiento entre Panamá y Estados Unidos. Roberto Barrios | La Estrella de Panamá
  • 02/05/2025 13:36

En las últimas semanas, hemos observado cómo ciertas manifestaciones públicas y cierres de vías han sido impulsados, no por ciudadanos organizados o movimientos sociales tradicionales, sino por una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) denominada Sal de las Redes. Esta situación abre un debate necesario: no sobre la legitimidad de la protesta, que es incuestionable en una democracia, sino sobre la legalidad y la transparencia del instrumento jurídico utilizado para ejercerla.

Una SRL es, por definición, una persona jurídica creada para llevar a cabo actividades comerciales o profesionales con fines de lucro. Su existencia y funcionamiento están regulados por el Código de Comercio y por un contrato social que delimita con claridad su objeto: comprar, vender, prestar servicios, generar empleo y pagar impuestos. No están diseñadas para asumir roles políticos ni para convocar actos de presión social.

Cuando una SRL como Sal de las Redes convoca a una protesta, se produce una distorsión jurídica: una estructura empresarial se presenta como sujeto político, ocultando tras un nombre comercial, motivaciones e intereses de quienes realmente están detrás. Esta opacidad no solo socava la confianza ciudadana, sino que también puede tener implicaciones legales, al actuar fuera de los fines para los que fue constituida.

Insistimos: el derecho a protestar no está en discusión. Es un derecho fundamental consagrado en la Constitución panameña y protegido por tratados internacionales. Lo que sí debe analizarse críticamente es quién lo ejerce y bajo qué figura legal. Si una causa es genuina, transparente y socialmente valiosa, sus promotores no necesitan escudarse en empresas. Pueden organizarse como ciudadanos, asociaciones civiles o fundaciones, que sí están habilitadas legalmente para actividades de carácter social y político.

Además, el uso de una SRL para liderar manifestaciones plantea preguntas inquietantes: ¿quién responde si hay daños a la propiedad pública o privada? ¿Quién da la cara si se cometen excesos? ¿Puede una sociedad mercantil desligarse de toda responsabilidad alegando que actuó en nombre de “intereses colectivos”? Estas son grietas legales que no podemos seguir ignorando.

La protesta es una herramienta poderosa, pero debe ejercerse con responsabilidad y legitimidad. Cuando las formas se tuercen, también se desvirtúan los fines. Por eso, es hora de exigir que la participación en la vida pública se dé de manera abierta, honesta y dentro del marco legal. Porque la democracia no solo se defiende en las calles, también se protege desde el respeto a la ley.