Ley ambiental: Panamá prohíbe plásticos de un solo uso en áreas protegidas desde 2026
- 02/11/2025 09:19
La medida busca reducir la contaminación en suelos, ríos y costas, protegiendo la biodiversidad que habita en los ecosistemas naturales de Panamá.
El Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) emitió la resolución No. DM-0496-2025, publicada en la Gaceta Oficial Digital No. 30398-C, mediante la cual se prohíbe el ingreso, uso, comercialización y distribución de productos plásticos y de poliestireno (foam) de un solo uso dentro de las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), a partir del 1 de enero de 2026.
La medida tiene como objetivo proteger los ecosistemas naturales del país mediante la eliminación de materiales contaminantes que afectan los suelos, ríos y costas, y que ponen en riesgo la biodiversidad que habita en estos espacios.
De acuerdo con la resolución, la disposición aplica a visitantes, operadores turísticos, concesionarios, investigadores, contratistas, voluntarios y funcionarios del propio MiAmbiente o de cualquier otra entidad pública que realice actividades dentro de las áreas protegidas.
Entre los artículos prohibidos se encuentran: botellas plásticas desechables, vasos, platos y bandejas de poliestireno expandido (foam), bolsas no biodegradables, carrizos, revolvedores y cualquier otro producto plástico de un solo uso que no sea reutilizable, compostable o biodegradable.
Mi Ambiente detalló en el communicado que solo podrán utilizarse envases y utensilios reutilizables o elaborados con materiales de bajo impacto ambiental, como vidrio, acero inoxidable, cartón certificado o bambú, conforme a las directrices de la Guía Interna de Reducción de Plásticos de un Solo Uso del Ministerio.