Exfuncionario de la CSS irá 50 años a prisión por delitos sexuales contra tres menores
- 30/07/2026 18:35
El Tribunal acogió la solicitud presentada por la querella coadyuvante y condenó al sentenciado al pago de 30 mil dólares por daño moral, monto que será distribuido entre las tres víctimas, correspondiendo 10 mil dólares para cada una.
El Tribunal de Juicio Oral del Primer Circuito Judicial de Panamá condenó a Víctor Javier Copeland Ávila, exfuncionario de la Caja de Seguro Social (CSS), a 50 años de prisión tras declararlo penalmente responsable de los delitos de violación agravada, actos libidinosos agravados y corrupción de menores, en perjuicio de tres víctimas.
La decisión fue adoptada de manera unánime mediante la Sentencia N.° 221/TJ-J, dictada este jueves 30 de julio, luego de que el Tribunal valorara las pruebas presentadas durante el juicio oral, celebrado entre el 6 y el 16 de julio.
Tras analizar el material probatorio, los jueces determinaron la responsabilidad penal del exfuncionario y le impusieron la pena principal de 50 años de prisión por los delitos cometidos contra la libertad e integridad sexual y por corrupción de menores.
Como pena accesoria, el Tribunal ordenó la inhabilitación por 50 años, una vez cumplida la condena de prisión, para ejercer cargos, oficios o profesiones en lugares donde se agrupen regularmente personas menores de edad, como centros educativos, parvularios, instalaciones deportivas y áreas similares, conforme a lo establecido en el Código Penal.
En el ámbito civil, el Tribunal acogió la solicitud presentada por la querella coadyuvante y condenó al sentenciado al pago de 30 mil dólares por daño moral, monto que será distribuido entre las tres víctimas, correspondiendo 10 mil dólares para cada una.
La sentencia también ordenó remitir el fallo al Gabinete de Archivos e Identificación Personal de la Dirección de Investigación Judicial para que el condenado sea incorporado al Sistema Nacional de Registro Oficial de Ofensores Sexuales, en cumplimiento de la Ley No. 244 de 13 de octubre de 2021.
Asimismo, el Tribunal dispuso notificar la decisión a la Dirección Institucional de Asuntos de Seguridad Pública, de conformidad con lo establecido en la Ley No. 57 de 2011.