La AMP rechaza las acusaciones de expropiación de PPC tras el fallo de la Corte sobre los puertos

El fallo de inconstitucionalidad de la Corte se hizo público el pasado 29 de enero. Archivo | La Estrella de Panamá
  • 19/03/2026 19:43

La Autoridad Marítima de Panamá rechazó las acusaciones de Panama Ports Company tras el fallo que anuló la concesión de los puertos de Balboa y Cristóbal, defendiendo la legalidad de la ocupación temporal aduciendo que no se trata de una expropiación

La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) rechazó este jueves 19 de marzo las alegaciones “falaces e injuriosas” de la empresa Panama Ports Company (PPC) en el contexto de la ocupación decretada por el Órgano Ejecutivo de la administración de los puertos de Balboa y Cristóbal.

Esto se dio a consecuencia del fallo de inconstitucionalidad emitido el pasado 29 de enero por la Corte Suprema de Justicia de Panamá, que declaró inconstitucional la Ley 5 de 1997 sobre la concesión de los puertos de Balboa y Cristóbal otorgada a PPC.

En este sentido, la AMP reiteró que las decisiones de la Corte Suprema son “conformes a la Constitución, finales, definitivas y de obligatorio cumplimiento”, por lo que el Estado panameño tiene el deber de acatarlas y ejecutarlas.

“Desde que el fallo fue de conocimiento público, el Estado procuró, de buena fe, una transición ordenada con el acompañamiento de PPC. Sin embargo, PPC y sus afiliadas se negaron a cooperar, ocultando información e impidiendo una transición coordinada”, señaló la AMP en su comunicado.

En este contexto, y con el fin de garantizar la continuidad operativa de los puertos, la AMP explicó que la República de Panamá asumió de forma temporal la administración, mantenimiento y operación de ambas terminales, conforme al artículo 29 de la Ley General de Puertos.

“Para tales efectos, el Órgano Ejecutivo emitió el decreto de ocupación como un mecanismo legítimo y excepcional que respeta la propiedad de los bienes muebles. Esta medida no constituye, de manera alguna, una expropiación, sino una utilización temporal mientras se determina su valor, garantizando el debido proceso”, prosiguió la AMP.

Asimismo, la autoridad adujo que estas acciones están previstas en la Constitución y en las leyes. “Calificar sus actuaciones como ‘actos arbitrarios’ o ‘confiscación’ carece de toda lógica jurídica por parte de una empresa a la que siempre se le ha garantizado —y se le garantiza— el pleno ejercicio de sus derechos en la República de Panamá”, aseguró la AMP.

La AMP indicó que, al asumir la posesión de los puertos de Balboa y Cristóbal —previamente operados por el Grupo Hutchison—, se constató que ambas terminales presentaban un deterioro significativo y se encontraban alejadas de los estándares internacionales.

De igual forma, la AMP señaló que ha cumplido con las reglas de la Cámara de Comercio Internacional, instancia ante la cual PPC inició un proceso de arbitraje internacional contra el Estado panameño.

“Las diferencias entre el Grupo Hutchison y la Autoridad Marítima de Panamá serán ventiladas ante el tribunal arbitral, al que corresponderá decidir sobre el fondo de la demanda. La AMP se reserva el derecho de no responder públicamente hasta la conclusión del arbitraje”, indicó.

El comunicado concluye reiterando el compromiso del Estado de garantizar la operatividad segura y eficiente de los puertos, así como de proteger la inversión nacional y extranjera, conforme a la Constitución y los compromisos internacionales del país.