Ministerio de Seguridad actualiza métodos de identificación de extranjeros en Panamá

Se actualiza el procedimiento al incorporar mecanismos tecnológicos para verificar la identidad de manera más ágil y eficiente. Archivo | La Estrella de Panamá
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  • 12/11/2025 09:34

Según la nueva disposición, los miembros del Servicio Nacional de Migración y de los estamentos de seguridad pública quedan facultados para requerir la identificación de cualquier extranjero.

El Ministerio de Seguridad Pública modificó desde este miércoles 12 de noviembre los métodos de identificación de los extranjeros que se encuentren en el país.

A través del Decreto Ejecutivo N.º 84 de 11 de noviembre de 2025 se modifica el artículo No. 1 del Decreto Ejecutivo N.º 804 de 22 de diciembre de 2009, referente a la identificación de esas personas.

Según la nueva disposición, los miembros del Servicio Nacional de Migración y de los estamentos de seguridad pública quedan facultados para requerir la identificación de cualquier extranjero que se encuentre en el país, en cumplimiento de las normas migratorias vigentes.

El decreto mantiene la obligación de que toda persona extranjera debe portar la documentación que la identifique.

No obstante, actualiza el procedimiento al incorporar mecanismos tecnológicos para verificar la identidad de manera más ágil y eficiente.

El documento, firmado por el presidente José Raúl Mulino, y el ministro de Seguridad Pública, Frank Ábrego, establece que la medida busca fortalecer los controles migratorios y mejorar la fiscalización de la permanencia de extranjeros.

Además, el decreto cita como fundamento legal la Constitución, la Ley N.º 3 de 22 de febrero de 2008, y sus modificaciones posteriores, que regulan las funciones del Servicio Nacional de Migración.

La norma comenzó a regir a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial.