Minsa deberá denunciar ante el Ministerio Público posibles delitos detectados en certificados médicos
- 19/08/2026 13:49
El Decreto Ejecutivo No. 29 establece que las autoridades regionales de Salud deberán presentar una denuncia cuando, durante la verificación de una incapacidad médica, adviertan una conducta presuntamente delictiva.
Las autoridades regionales de salud deberán informar al Ministerio Público y presentar una denuncia cuando detecten una posible conducta delictiva relacionada con un certificado médico de incapacidad, de acuerdo con el nuevo procedimiento establecido por el Gobierno.
La medida está contemplada en el Decreto Ejecutivo No. 29 del 19 de agosto de 2026, firmado por el presidente de la República, José Raúl Mulino, y el ministro de Salud, Fernando Boyd Galindo, y publicado este miércoles en la Gaceta Oficial No. 30593.
La normativa modifica el numeral 8 del artículo No. 8 y el artículo No. 13 del Decreto Ejecutivo No. 17 del 11 de agosto de 2025, que regula el procedimiento para verificar la autenticidad de los certificados médicos de incapacidad.
El principal cambio establece una obligación para las autoridades regionales de salud. Si durante la verificación de un certificado se advierte una conducta presuntamente delictiva, el hecho deberá ser puesto en conocimiento del Ministerio Público mediante la presentación de una denuncia.
De esta manera, el procedimiento de verificación no se limitará a determinar si un certificado es auténtico o presenta inconsistencias, sino que también establece una ruta para que los casos que puedan constituir delitos sean remitidos a las autoridades judiciales correspondientes.
El decreto busca fortalecer los mecanismos de control, fiscalización, seguimiento y trazabilidad de los certificados utilizados para justificar incapacidades laborales o procesales.
La normativa establece que el certificado médico de incapacidad debe constituir un “reflejo fiel e indudable de la atención médica al paciente”, realizada personalmente por el profesional que expide el documento.
El decreto advierte que, si el certificado no corresponde con la realidad, el médico que lo emitió podría enfrentar un proceso administrativo, independientemente de las posibles responsabilidades civiles y penales que pudieran derivarse.
El Decreto Ejecutivo No. 29 recuerda además que el Código Procesal Penal permite a los jueces solicitar posteriormente la verificación de certificados médicos presentados por abogados para justificar su ausencia a audiencias.
La normativa contempla dos posibles modalidades de falsedad: un documento auténtico cuyo contenido sea falso o un documento completamente falso.
El decreto señala que estas conductas están tipificadas en los artículos 372 y 373 del Código Penal y podrían generar consecuencias para los médicos que expidan certificados falsos, así como para otras personas que pudieran estar involucradas.
Como parte de las modificaciones, el Ministerio de Salud también aprobó el Formulario de Verificación de Autenticidad del Certificado de Incapacidad Médico, que deberá ser utilizado por las unidades administrativas encargadas de realizar estas comprobaciones.
El documento permitirá registrar información de la clínica u hospital, del médico y del certificado sometido a revisión.
Entre los aspectos que deberán verificarse están:
Prenumeración del certificado.
Datos generales de la clínica.
Fecha y hora de inicio de la incapacidad.
Fecha y hora de término de la incapacidad.
Existencia de una copia del certificado.Información relacionada con el diagnóstico.
Datos de la persona entrevistada.Información del funcionario de Salud responsable de la verificación.