Mulino objeta ley sobre pagos a educadores jubilados
- 18/12/2025 16:57
Mulino devolvió sin sanción el proyecto de ley que buscaba reconocer pagos a educadores jubilados de 1972 y 1973, al señalar que la materia ya está regulada y que los fondos fueron transferidos al Tesoro Nacional.
El presidente de la República, José Raúl Mulino, devolvió sin sanción a la Asamblea Nacional el proyecto de ley 231 de 2025, que buscaba reconocer el pago de aportes jubilatorios a educadores de las promociones de 1972 y 1973, al considerar que la materia ya está regulada en la legislación vigente y que aprobar una nueva ley podría generar duplicidad normativa y riesgos fiscales.
La iniciativa fue propuesta por el diputado Jorge Luis Herrera, presidente de la Asamblea Nacional, y contó con el respaldo de más de 40 diputados como coproponentes, de distintas bancadas, lo que reflejó un amplio apoyo político en el Legislativo a la demanda histórica de los docentes jubilados.
En una nota formal dirigida al presidente del Legislativo, Jorge Luis Herrera, el mandatario explicó que la decisión se adoptó tras recibir criterios técnicos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Caja de Seguro Social (CSS), el Ministerio de Educación (Meduca), la Contraloría General de la República y el Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos (SIACAP).
“El Proyecto de Ley 231 persigue reconocer el pago de dichos aportes por cuenta del Tesoro Nacional”, señala el documento presidencial, pero advierte que esta pretensión “ya se encuentra regulada en la normativa correspondiente”.
Fondos ya transferidos al Tesoro Nacional
Uno de los argumentos centrales del Ejecutivo es que los recursos reclamados por los educadores ya fueron transferidos al Tesoro Nacional hace más de una década. De acuerdo con información oficial de la CSS y el MEF, los aportes provenientes del Plan de Retiro Anticipado Autofinanciable (PRAA) y del SIACAP ingresaron al Tesoro en dos momentos: en julio de 2006, por un monto de $14,433,800.00, y en julio de 2009, por $195,955.98, para un total de $14,629,755.98.
Con base en estos datos, el presidente concluye que “no es procedente crear una nueva obligación de pago”, ya que ello podría implicar un doble reconocimiento financiero por una misma causa.
Materia ya regulada por ley
El documento presidencial recuerda que la Ley 8 de 1997, modificada por la Ley 4 de 2004, reguló de forma expresa el procedimiento para la devolución de aportes a servidores públicos, incluidos los educadores jubilados de las promociones de 1972 y 1973. Dicha normativa incluso facultó al Ministerio de Educación a tramitar estas devoluciones con cargo al Tesoro Nacional.
Desde la óptica del Ejecutivo, aprobar el proyecto objetado supondría “una dualidad de normas legales que posibilitan duplicidad de competencias interinstitucionales”, además de distorsionar la aplicación de la legislación vigente.
Objeción parcial por inconveniente
Mulino objetó específicamente, por razones de inconveniencia, los artículos 2 y 3 del proyecto, así como una frase contenida en el artículo 4, al considerar que reabren una materia ya resuelta y autorizan nuevas gestiones administrativas innecesarias.
“La creación de una nueva legislación sobre una misma materia [...] compromete la sostenibilidad fiscal al incorporar nuevas erogaciones no previstas en el Presupuesto General del Estado”, advierte la nota presidencial.
El mandatario subraya que los fondos aportados por los educadores fueron depositados precisamente “con el objeto de hacerle frente a las jubilaciones especiales de los beneficiados por la extensión”, regulada en la Ley 4 de 2004, dentro de la cual se encuentran los docentes de las promociones señaladas.
Aunque el Ejecutivo no desconoce el reclamo histórico de los educadores jubilados, sostiene que el problema no radica en la falta de voluntad política, sino en la ruta legal escogida por la Asamblea. En ese sentido, el presidente devuelve el proyecto para que el Legislativo “proceda a la consideración y análisis de estas objeciones”.