Reformas a la Ley de la Defensoría del Pueblo entran en vigencia

  • 22/12/2025 00:00

El pasado viernes se publico en Gacete Oficial la Ley 504 que reformó la Ley 7 de 1997, mediante el cual se creo la entidad que vela por los derechos humanos de los ciudadanos

La Defensoría del Pueblo puede iniciar investigaciones sobre violaciones de derechos humanos contra empresas mixtas y privadas que ofrecen servicios públicos o mantengan contrato con el Estado. La medida está contemplada en la Ley 504, que subroga la Ley 7 de 1997, mediante el cual se creó la entidad, y que entró a regir el pasado viernes, cuando fue publicada en Gaceta Oficial.

“La nueva ley amplía el mandato de la Defensoría a empresas públicas, mixtas y privadas que prestan servicios de interés público. Este cambio representa un avance sustantivo, pues permitirá que la institución intervenga frente a deficiencias en servicios esenciales, ampliando su competencia más allá de las concesiones o autorizaciones administrativas establecidas previamente”, explicó la entidad en un comunicado.

Hace referencia las atribuciones y facultades de la Defensoría contempladas en el arítulo 4 de la nueva ley. En total son 14, entre esas están la de investigar y denunciar hechos, actos u omisiones de las empresas públicas, mixtas y privadas que desarrollen un servicio público por concesión o autorización administrativa o que presten servicio de interés publico.

Además de mediar en los conflictos entre particulares y las empresas que prestan un servicio público con la finalidad de promover acuerdos que solucionen el problema donde se vulnera el derecho humano. Esta última atribución no estaba contemplada en la norma anterior.

“Los acuerdos alcanzados entre usuarios y empresas sean de obligatorio cumplimiento, evitando cierres de calles o protestas al atender a los reclamos”, señala la entidad en el comunicado. .

Otras de las atribuciones es darle seguimiento al cumplimiento de recomendaciones, medidas, sanciones o acuerdos de la Corte Suprema de Justicia u órganos internacionales relacionados con la protección o restitución de derechos humanos por parte del Estado.

La Defensoría en su comunicado también resaltó que reduce a 15 días hábiles el plazo máximo de respuesta que las autoridades deben ofrecer a la Defensoría en las investigaciones sobre posibles vulneraciones de derechos humanos, con la posibilidad de una sola prórroga. Esta modificación se traduce en una atención más rápida, oportuna y efectiva para las personas que presentan quejas.

Mediante la Ley 504 también se modificó la Ley 6 de 2017 que crea el mecanismo nacional para la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o denigrantes.

Ahora, la Defensoría asume las funciones del mecanismo.

La nueva normativa refuerza la supervisión en espacios sensibles, al autorizar inspecciones amplias en centros de protección, educativos y de rehabilitación, tanto públicos como privados, señaló la Defensoría en el comunicado colgado en su página web.

En materia de cumplimiento, la nomra faculta a la Defensoría a acudir al Órgano Judicial cuando sus recomendaciones sean ignoradas, y a instar la aplicación de regímenes disciplinarios para cesar violaciones y restaurar derechos, otorgando a la institución mayores herramientas.