Vamos lleva a la Corte reglamento que permite al contralor secuestra bienes
- 16/10/2025 00:00
Los demandantes alegan violaciones a los artículos 32, 47, 280 y 281 de la Constitución, al atribuir al contralor facultades para congelar bienes sin orden judicial. La acción fue admitida en el despacho del magistrado Carlos Vásquez Reyes
La coalición Vamos presentó este miércoles ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una acción de inconstitucionalidad contra la resolución que otorga a la Contraloría General de la República la potestad de ordenar secuestros de bienes y suspender salarios a funcionarios o particulares vinculados a supuestas irregularidades en el manejo de fondos públicos.
La demanda, radicada en el despacho del magistrado Carlos Alberto Vásquez, impugna la Resolución mediante la cual la Contraloría aprobó el Reglamento de medidas precautorias para proteger los intereses públicos.
La acción fue presentada por la abogada Marta Adames Romero, en calidad de apoderada especial de los diputados Janine Prado Castaño, Yamireliz Chong, Luis Duke Walker, Lenín Ulate Rodríguez, Alexandra Brenes, Roberto Zúñiga, Jorge González López, Jhonathan Vega, Miguel Ángel Campos Lima y Yarelis Rodríguez, todos miembros del bloque legislativo Vamos.
El recurso sostiene que la resolución de la Contraloría viola los artículos 32, 47, 280 y 281 de la Constitución Política, al atribuirle al contralor facultades jurisdiccionales que son exclusivas del Tribunal de Cuentas, órgano encargado de juzgar las cuentas de los funcionarios y decretar medidas cautelares en caso de reparos.
“El cotralor no está facultada constitucionalmente para decretar secuestros ni suspender salarios como medidas precautorias”, argumenta el texto de la demanda, que agrega que la Constitución no le da esa facultad al contralor, los secuestros solo los jueces pueden ordenar y que solo el rol de la Contraloría es administrativo y de fiscalización, no jurisdiccional.
La demanda aclara que el contralor sí puede suspender pagos mediante el control previo o posterior del gasto público —por ejemplo, negando el refrendo de un documento si encuentra irregularidades—, pero no puede imponer sanciones o medidas cautelares personales. “La Contraloría investiga, detecta y denuncia; el Tribunal de Cuentas juzga”, subraya el documento.
La demanda también alega que la resolución impugnada vulnera el derecho al debido proceso (artículo 32), al permitir que el contralor decrete secuestros de bienes sin audiencia previa del afectado.
Esto, según el escrito, “constituye una violación al principio del juez natural y al derecho a la defensa, ya que la autoridad administrativa se estaría arrogando facultades judiciales”.
En otro punto, se sostiene que la norma también lesiona la garantía de la propiedad privada (artículo 47), al permitir que una autoridad administrativa limite derechos patrimoniales sin intervención judicial.
El documento cita la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ambos instrumentos internacionales que reconocen la propiedad privada como un derecho inviolable y sagrado, cuya restricción solo puede darse por autoridad judicial competente y bajo los cauces de la ley.
Durante la presentación del recurso en la Corte, los diputados Luis Duke, Roberto Zúñiga, Janine Prado, Lenín Ulate y Miguel Ángel López afirmaron que el objetivo de la acción no es debilitar la fiscalización del Estado, sino evitar excesos de poder que afecten derechos fundamentales.
“El verdadero fortalecimiento de la rendición de cuentas pasa por modernizar la contabilidad pública, revisar los contratos y transparentar los precios del Estado, no por medidas que vulneran garantías constitucionales”, expresaron los miembros de la coalición Vamos a su salida del Palacio Gil Ponce.
Ya en la Corte existe otra demanda de inconstitucionalidad contra la misma resolución, que fue presentada la semana pasada por el abogado Ángel Alvarez.
Según el contralor Anel Flores, la norma ya se encuentra en ejecución y ha permitido emitir más de 40 órdenes de incautación, asegurando bienes valorados en más de $24 millones.
Flores ha defendido la legalidad del reglamento y subrayó que su aplicación busca acelerar la recuperación del patrimonio estatal y evitar que bienes producto de actos irregulares desaparezcan durante los prolongados procesos judiciales.
El magistrado presidente del Tribunal de Cuentas, Rainier del Rosario Franco, respaldó la medida, señalando que tiene fundamento legal en la Ley 32 de 1984 y la Ley 67 de 2008, que reconocen las medidas precautorias dentro de los procesos fiscales.
En lo que va del año, la Contraloría ha remitido 134 auditorías al Tribunal de Cuentas, detectando irregularidades por 57 millones de balboas. Gracias a las medidas de incautación, se han asegurado bienes por más de 24 millones, un avance que Flores considera sin precedentes en la protección de los recursos públicos.