Alcaldes de Arraiján y Panamá; bajo la espada de la revocatoria de mandato

  • 24/09/2025 00:00

Los proponentes de los procesos de revocatoria tendrán 120 días para conseguir el 30% de firmas del padrón electoral de la circunscripción respectiva

El Tribunal Electoral (TE) autorizó este lunes la recolección de firma para el inicio del proceso de revocatoria de mandato del alcalde de la Ciudad de Panamá, Mayer Mizrach. De esta manera, el funcionario se suma a la situación que enfrenta homóloga Estéfany Peñalba de Arraiján y otros cargos de elección popular que también tienen trámites para su remoción del puesto

Meta de firmas

Todos los proponentes para la revocatoria tienen un tiempo específico para conseguir las firmas dependiendo del tamaño de la circunscripción, que va de 30 días en las más pequeñas y hasta 120 en las más grandes. A partir de la fecha de autorización formal, los interesados deben conseguir una cantidad mínima de firmas obligatorias para que el TE convoque una elección revocatoria.

En el caso de Mizrachi, la resolución del TE establece que el proponente de la moción, debe recolectar el 30% de firmas del padrón electoral de la circunscripción del distrito de Panamá, el equivalente a 217,322 apoyos válidos, según los datos del padrón final de mayo de 2024.

Para Peñalba, el 30% del padrón electoral serían representaría unas 57,465 firmas.

Los dos alcaldes, que llegaron al poder prometiendo un “cambio” en la forma tradicional de dirigir a los gobiernos locales, dirigen urbes importantes del país, densamente pobladas y comparten problemas comunes como falta de acceso, regular agua, movilidad vía y temas de seguridad.

La iniciativa contra Mizrachi fue presentada por José Clemente Guardi Bernal, mientras que el líder del proceso a Peñalbaa, lo impulsa Abdiel González Tejeira, según el Boletín Electoral del TE.

Una tarea compleja que, de acuerdo con los cambios recientes de del TE, los ciudadanos solo pueden firmar de manera presencial en las oficinas de la entidad, ubicada en la circunscripción en cuestión. A diferencia de la recolección de firmas para las elecciones de 2024, donde la institución habilitó el uso de dispositivos móviles. Esta vez, esa tecnología está descartada.

Procedimiento

La revocatoria de mandato es un recurso legal y político mediante el cual los electores pueden remover a una autoridad elegida por voto popular antes de que termine su período. Este principio de soberanía popular se puede aplicar a figuras como alcaldes, representantes de corregimiento e incluso diputados electos por libre postulación.

La revocatoria de mandato está respaldada por la Constitución panameña y desarrollada en leyes como la Ley 60 de 2006, la Ley 14 de 2010 y la Ley 4 de 2013.

Además, en 2020, el TE reglamentó los procedimientos específicos para aplicar esta figura a través del Decreto No. 49.

De alcanzar las firmas requeridas y que son revisadas por el TE, el funcionario que enfrenta un referéndum revocatorio.

Entre las figuras públicas que enfrentan este tipo de procesos está el compañero de fórmula de Peñalaba, vicealcalde de Arraiján, Oliver Joel Ríos. También tienen trámites abiertos Manuel Cheng, diputado del circuito 13-1 y Paulette Thomas, diputada del 8-3.

Encaran revocatorias similares: Raquel Murillo, representante de Juan Demóstenes Arosemena y Franklin Valdez, alcalde de Barú, Chiriquí; y Salvador Lobos, representante suplente en Arraiján.