Asamblea mantiene facultad de canalizar solicitudes de obras
- 22/10/2026 00:00
La comisión modificó el artículo 4 del proyecto vetado por José Raúl Mulino: eliminó la inversión mínima garantizada para los circuitos, pero mantuvo la facultad de los diputados de canalizar solicitudes comunitarias, pese a las objeciones constitucionales del Ejecutivo.
La reforma al Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional volvió al centro de la discusión política tras el análisis de las objeciones presentadas por el presidente José Raúl Mulino.
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales recomendó cinco votos a favor y dos encontra, acoger los reparos de inexequibilidad contra cuatro artículos del proyecto de ley 594, una decisión que obliga a revisar disposiciones relacionadas con la asistencia de los diputados, las funciones de sus despachos y la carrera del servicio legislativo.
El informe propone eliminar los artículos 3, 5 y 21, además de modificar el artículo 4, vinculado con la participación de los diputados en la gestión de proyectos para sus comunidades.
La discusión expone diferencias sobre el alcance de la representación política y los límites constitucionales del Legislativo.
La diputada Alexandra Brenes, de la bancada de Vamos, respaldó los argumentos del Ejecutivo y votó en contra de la decisión de la comisión, al igual que su colega Walkiria Chandler. En contraste, el diputado oficialista Luis Eduardo Camacho defendió el debate sobre las reformas y cuestionó que la asistencia al pleno sea el principal indicador del trabajo parlamentario.
El artículo 4 concentra uno de los principales cuestionamientos del Ejecutivo. La disposición original permitía a los diputados gestionar y fiscalizar programas y proyectos destinados a mejorar la calidad de vida de sus electores, además de contemplar una inversión mínima en el presupuesto general del Estado para obras sociales y de infraestructura.
El presidente Mulino objetó esa atribución por posibles conflictos con la distribución constitucional de competencias, las facultades presupuestarias del Ejecutivo y las responsabilidades de los municipios y otras instituciones públicas.
La propuesta de la Comisión de Gobierno plantea retirar la referencia a una inversión mínima y limitar la participación de los despachos legislativos a labores propias de su función, incluida la canalización de solicitudes ciudadanas ante las autoridades competentes.
Brenes respaldó ese enfoque y recordó que durante la discusión legislativa algunos diputados cuestionaron que la gestión de obras correspondiera a los parlamentarios, cuando existen gobiernos locales con competencias específicas para atender las necesidades de sus comunidades.
La diputada citó el artículo 233 de la Constitución Política, relacionado con las atribuciones municipales, y sostuvo que los alcaldes y representantes de corregimiento también cuentan con responsabilidades en ese ámbito.
“Estoy totalmente de acuerdo con los artículos citados de objeción de inexequibilidad por parte del Ejecutivo”, afirmó Brenes al expresar su respaldo a los reparos presidenciales.
La controversia plantea una cuestión central para el funcionamiento institucional: cómo pueden los diputados representar las necesidades de sus electores sin asumir tareas administrativas o de ejecución que corresponden a otras entidades del Estado.
El artículo 3 también quedó bajo cuestionamiento por permitir justificar ausencias al pleno mediante actividades oficiales. El Ejecutivo consideró que la disposición no delimitaba suficientemente esas actividades y podía dificultar el control de la asistencia de los diputados.
La comisión recomendó eliminar el artículo. Brenes coincidió con los argumentos presidenciales y citó el artículo 302 de la Constitución, que establece la obligación de los servidores públicos de desempeñar personalmente las funciones de su cargo.
Camacho, por su parte, planteó una visión distinta sobre la manera de evaluar el trabajo parlamentario. El diputado oficialista cuestionó que la asistencia a las sesiones se convierta en la principal medida del cumplimiento de las responsabilidades de los legisladores.
“Para mí, el querer pretender que el trabajo del diputado se mida en razón de si está presente o no en el pleno es desconocer sencillamente realidades”, sostuvo.
Camacho argumentó que la labor de un diputado no se limita al tiempo que permanece en el pleno, pues también comprende actividades vinculadas con las comunidades. Asimismo, cuestionó el mecanismo de descuentos por inasistencia y señaló que, en su opinión, habría sido preferible eliminarlo.
Su planteamiento introduce otra dimensión en el debate: la diferencia entre reconocer el trabajo de representación fuera de las sesiones y establecer mecanismos que garanticen el cumplimiento de las obligaciones constitucionales de los diputados.
Aunque reconoció que no estuvo de acuerdo con todas las reformas aprobadas, Camacho afirmó que respetó la decisión mayoritaria de la Asamblea y participó en la discusión para procurar un resultado favorable para el Legislativo y el país.
“Yo no estaba de acuerdo con todo lo que se aprobó, pero al final es una decisión de todos”, expresó.
El diputado también cuestionó, como opinión personal, que las reformas al reglamento interno deban someterse a la sanción presidencial, al considerar que regulan los procedimientos propios de la Asamblea. Sin embargo, reconoció que el proyecto siguió el trámite institucional correspondiente.
Sobre el veto, explicó que la Asamblea puede rechazar las objeciones mediante una votación por insistencia, acogerlas o introducir modificaciones dentro del alcance de los artículos cuestionados. Advirtió que los cambios no deben extenderse a materias que no forman parte del veto.
Carrera legislativa y protección de suplentes
El informe también recomienda eliminar el artículo 5, que excluía al personal adscrito a los diputados de la posibilidad de ingresar a la Carrera del Servicio Legislativo. El Ejecutivo consideró que la prohibición absoluta podía entrar en conflicto con los principios de mérito y estabilidad laboral.
En cuanto al artículo 21, relacionado con la protección laboral de los diputados suplentes que ocupan cargos públicos, la comisión recomendó retirar la disposición. Durante el análisis, sus integrantes señalaron que la protección ya figuraba en el reglamento vigente y que el proyecto incorporaba una modificación específica sobre la exigencia de una sentencia debidamente ejecutoriada.
La eliminación de ambos artículos forma parte de la respuesta técnica de la comisión a las objeciones presidenciales.
El informe examinado por la Comisión de Gobierno aborda las objeciones de inexequibilidad a los cuatro artículos mencionados. Las objeciones por inconveniencia corresponden a otra parte del trámite y requieren una revisión separada.