Comisión de Gobierno pone en agenda proyecto que ampliaría las causales de casación

La reforma pretende equiparar las garantías procesales entre el sistema inquisitivo y el penal acusatorio.
  • 12/02/2026 00:00

La iniciativa propone ampliar las causales de casación y revisión penal para incluir violaciones a derechos fundamentales y al debido proceso

La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional puso en agenda el Proyecto de Ley N.° 374, iniciativa que busca modificar el artículo 2030 del Libro III del Código Judicial y el artículo 191 del Código Procesal Penal, con el fin de equiparar las garantías procesales en materia penal y reforzar el principio de igualdad ante la ley.

La propuesta fue presentada por el diputado Jamis Gaspar Acosta Guerra del partido Realizando Metas (RM) y prohijada por la comisión el pasado 9 de septiembre de 2025, por lo que ahora deberá surtir el trámite correspondiente para su discusión en primer debate. El proyecto tiene su origen en el Anteproyecto de Ley N.° 40, presentado el 8 de julio de 2025, y forma parte del periodo legislativo 2025-2026.

De acuerdo con la exposición de motivos, la iniciativa persigue crear igualdad de tratamiento entre las personas procesadas bajo las reglas del Libro III del Código Judicial y aquellas procesadas bajo el Código Procesal Penal, que rige el sistema penal acusatorio. El argumento central es que actualmente existe una diferencia en las causales para interponer recursos extraordinarios, lo que genera una desventaja para quienes fueron juzgados bajo el sistema anterior.

En concreto, el proyecto propone adicionar un numeral 13 al artículo 2430 del Código Judicial para que proceda el recurso de casación en el fondo cuando se hayan infringido derechos o garantías previstos en la Constitución Política, en tratados y convenios internacionales ratificados por Panamá o en la ley, así como cuando se vulneren las garantías del debido proceso. Según el proponente, esta causal sí está contemplada en el Código Procesal Penal, pero no en el régimen del Código Judicial, lo que impide que ciertos procesados puedan alegar violaciones a derechos fundamentales en sede de casación.

Asimismo, la iniciativa plantea adicionar un numeral 6 al artículo 191 del Código Procesal Penal, ampliando las causales del recurso de revisión penal para permitir que una sentencia firme pueda ser revisada cuando la condena haya infringido derechos y garantías penales o procesales contenidos en la Constitución, en tratados internacionales de derechos humanos suscritos por Panamá o en la ley, siempre que dicha infracción haya incidido sustancialmente en la decisión impugnada.

El diputado Acosta sostiene en el proyecto de ley que existen procesos ya concluidos bajo el Libro III del Código Judicial en los que los condenados no tuvieron, ni tendrán, la oportunidad de que sus sentencias sean analizadas mediante un recurso de casación con la causal propuesta. En ese sentido, la reforma también busca ofrecer un mecanismo extraordinario que permita revisar posibles vulneraciones a derechos fundamentales, fortaleciendo la tutela judicial efectiva.

El proyecto establece que la ley empezará a regir a partir de su promulgación, en caso de ser aprobada en los tres debates reglamentarios y sancionada por el Órgano Ejecutivo. La discusión legislativa reabre el debate sobre las diferencias entre el sistema inquisitivo y el sistema penal acusatorio, así como sobre la necesidad de garantizar que todas las personas, independientemente del régimen procesal bajo el cual fueron juzgadas, cuenten con las mismas herramientas para defender sus derechos fundamentales.