Proponen eliminar fianza y pago anticipado total para obras de electricidad y agua

  • 10/08/2026 00:00

El diputado por el Partido Revolucionario Democrático, Marcos Castillero, propuso una modificación a la Ley de Contrataciones Públicas. La iniciativa debe ser prohijada por la Comisión de Comercio que preside Jamis Acosta de Realizando Metas

Un anteproyecto de ley que adiciona un artículo a la Ley de Contrataciones Públicas busca eliminar el pago de fianzas y permitir que las entidades realicen pagos anticipados de hasta el 100 % del total de las obras que ejecuten empresas concesionarias de los servicios públicos de energía eléctrica y agua potable.

La propuesta fue presentada por el diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD) Marcos Castillero, quien plantea adicionar el artículo 124-A al Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mejor conocida como Ley de Contrataciones Públicas.

“Se exceptúan del límite del 20 % de pago anticipado y de la obligación de presentar fianza de anticipo aquellas contrataciones o convenios que realicen los ministerios, las entidades autónomas, semiautónomas o los gobiernos locales con empresas concesionarias de servicios públicos regulados de energía eléctrica y agua potable...”, señala la propuesta.

A renglón seguido, establece que “se autoriza el pago anticipado de hasta el 100 % del valor de la obra, siempre que la empresa concesionaria certifique, previa justificación técnica emitida por la entidad contratante, que acredite que el pago anticipado constituye un requisito indispensable para la ejecución del proyecto, acompañada de la certificación de la empresa concesionaria”.

La propuesta especifica que el pago anticipado y la eliminación de la fianza aplicarían a las obras destinadas a la extensión de líneas, redes e infraestructura de interés público y carácter social, cuando dichos proyectos tengan como objetivo ampliar la cobertura de los servicios públicos en comunidades que carezcan de ellos o presenten un déficit comprobado de acceso.

El artículo 124 de la Ley de Contrataciones Públicas establece que “la fianza de pago anticipado tiene por objeto garantizar el reintegro de determinada suma de dinero entregada en concepto de adelanto al contratista. Esta garantía es exigible en la medida en que el contratista no utilice las sumas de dinero adelantadas para la oportuna y debida ejecución del contrato”.

La norma exige, además, que la fianza en ningún caso sea inferior al 100 % de la suma adelantada y que tenga una vigencia igual al periodo principal, más un término adicional de 30 días calendario posteriores a su vencimiento.

“En ningún caso, la entidad estatal contratante podrá realizar pagos anticipados que excedan el 20 % del monto total contratado. No se harán pagos anticipados de los montos que surjan como consecuencia de incrementos al monto total contratado que se realicen mediante adendas”, recalca la norma.

La propuesta del diputado Castillero establece que el cumplimiento de las obras y la salvaguarda de los fondos del Estado quedarán garantizados por las obligaciones inherentes al contrato de concesión de la empresa y estarán sometidos a la fiscalización y al régimen sancionatorio de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP).

Asimismo, señala que todo pago realizado bajo esta modalidad estará sujeto al control y refrendo previo de la Contraloría General de la República.

El diputado sustenta la propuesta en que la legislación vigente limita los pagos anticipados y exige garantías que responden al modelo tradicional de contratación pública. Sin embargo, sostiene que dichas condiciones no se ajustan a la realidad jurídica y operativa de las empresas concesionarias de servicios públicos, las cuales prestan servicios esenciales bajo un régimen especial de concesión otorgado por el Estado y se encuentran sujetas a la supervisión permanente de la ASEP.

A juicio del diputado, numerosos proyectos destinados a llevar energía eléctrica y agua potable a comunidades rurales y apartadas se retrasan o no pueden ejecutarse, aun cuando existan los recursos presupuestarios para financiarlos.

“Esta situación limita la capacidad de inversión de las entidades públicas y afecta directamente a poblaciones que aún carecen de servicios básicos indispensables para su desarrollo”, recalca.

A pesar de que en la propuesta el diputado menciona proyectos destinados a comunidades, no establece un límite para los montos de las obras que podrían desarrollarse sin fianza y con un pago anticipado de hasta el 100 %.