Panamá amplía vigilancia a personas expuestas políticamente y sus familiares por hasta dos años

La norma es tajante al incluir en la vigilancia a los ‘familiares cercanos’. | Archivo | La Estrella de Panamá
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  • 20/03/2026 13:18

La normativa exige a sectores no financieros aplicar una debida diligencia ampliada, asegurando un monitoreo riguroso de las transacciones de PEP y sus asociados.

La Superintendencia de Sujetos No Financieros (SSNF) de Panamá publicó este viernes 20 de marzo en la Gaceta Oficial No. 30487-B la Resolución No. S-008-2026, mediante la cual se establece una nueva “guía integral” para la identificación y manejo de personas expuestas políticamente (PEP).

Esta medida busca fortalecer los mecanismos de prevención contra el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

La resolución obliga a todos los sujetos obligados no financieros (SONF) —que incluyen sectores como inmobiliarias, casinos, abogados, contadores y joyerías— a implementar procedimientos de debida diligencia ampliada o reforzada cuando identifiquen a un cliente como PEP, sus familiares cercanos o sus estrechos colaboradores.

Entre los puntos clave de la guía destacan:

• Identificación obligatoria: Los SONF deben utilizar formularios estandarizados, verificar información en fuentes abiertas y confiables, y realizar un monitoreo permanente de las transacciones de estas personas.

• Alcance extendido: La condición de PEP no termina con el cese de sus funciones. La resolución establece que una persona seguirá siendo considerada PEP por un periodo de dos (2) años después de haber dejado su cargo público.

• Criterio de riesgo: Se listan señales de alerta como el uso de estructuras societarias complejas, intermediación de terceros, origen de fondos poco claro o resistencia a proporcionar información.

LISTADO DE CARGOS

El documento incluye un anexo con 83 categorías de cargos que son considerados PEP bajo esta normativa.

El listado abarca desde el Presidente de la República, Ministros y Diputados, hasta directores de entidades autónomas como el Canal de Panamá, la Caja de Seguro Social, jefes de la fuerza pública, magistrados y alcaldes.

También se incluyen figuras internacionales, como embajadores, cónsules y directivos de organismos internacionales.

La norma es tajante al incluir en la vigilancia a los “familiares cercanos” (cónyuge, padres, hermanos e hijos) y a los “estrechos colaboradores”, definidos como personas con relaciones íntimas o comerciales con el PEP que puedan realizar transacciones en su nombre.

La resolución, firmada por la Superintendente Isabel M. Fernández A., entró en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

Con esto, Panamá busca elevar los estándares de transparencia y cumplimiento técnico exigidos por organismos internacionales, asegurando que los sectores no financieros no sean utilizados para ocultar fondos de procedencia ilícita derivados de la corrupción o el crimen organizado.