Responsabilidad fiduciaria: el fin de la ceguera voluntaria

Panamá compite por capitales que son cada vez más selectivos y éticos. Los inversionistas institucionales auditan hoy el ‘tone at the top’. Archivo | La Estrella de Panamá
  • 22/12/2025 00:00

El sector financiero en Panamá enfrenta una metamorfosis. El cumplimiento ha dejado de ser una métrica de control para convertirse en un deber fiduciario de la alta dirección

El cumplimiento en el sector financiero evoluciona de un proceso administrativo a un deber legal que compromete el patrimonio personal de los directores.

El compliance en la sala de juntas: de la formalidad a la responsabilidad patrimonial.

Durante décadas, en el mercado financiero panameño se consolidó una idea peligrosa: que el cumplimiento era una labor puramente administrativa, delegada a una oficina cuyo titular actuaba como el único pararrayos ante el regulador. Sin embargo, en el complejo entorno financiero actual, la “ceguera voluntaria” de las juntas directivas ya no es una defensa legal válida; es el camino más rápido hacia la responsabilidad civil y penal personal.

El sector financiero en Panamá enfrenta una metamorfosis. El cumplimiento ha dejado de ser una métrica de control para convertirse en un deber fiduciario de la alta dirección. La pregunta hoy no es si el oficial de cumplimiento detectó una anomalía, sino si la junta directiva proporcionó los recursos, la autonomía y el respaldo necesarios para evitar que esa anomalía se transformara en una crisis reputacional o sistémica.

Muchos directores de casas de valores y bancos asumían sus cargos bajo una premisa de “buena fe ciega”, confiando en que los reportes trimestrales eran exactos y que cualquier riesgo de blanqueo o manipulación sería resuelto por el equipo técnico. Esta postura está siendo desmantelada por la evolución de las reglas de gobierno corporativo que rigen nuestro mercado.

La esencia de estas reglas es clara: la cultura de integridad nace en el órgano de gobierno. Ante un fallo grave, las autoridades ya no se limitan al error en el expediente; analizan la falla en la supervisión. Si un director no demuestra un ejercicio activo e informado sobre el programa de cumplimiento, se expone a cargos por negligencia. La responsabilidad ya no se detiene en la gerencia; escala hasta quienes firman las actas. Para comprender el alcance de este cambio, es necesario desglosar los dos deberes que sostienen la función fiduciaria: el duty of care (deber de diligencia) y el duty of loyalty (deber de lealtad). El primero exige que los directores actúen con la prudencia de un “buen hombre de negocios”, lo cual implica una búsqueda activa de información. Ya no basta con escuchar; hay que preguntar, cuestionar y, sobre todo, validar.

El deber de lealtad, por su parte, obliga a anteponer los intereses de la institución y sus depositantes o inversionistas por encima de los beneficios a corto plazo de los accionistas o de terceros vinculados. Cuando una junta directiva ignora señales de alerta para priorizar la captación de fondos de procedencia dudosa, está violando flagrantemente este principio, lo que elimina cualquier velo corporativo que pudiera proteger sus activos personales.

Un aspecto crítico es el riesgo patrimonial: Las pólizas de seguro de Directores y Dignatarios (D&O) han endurecido sus condiciones. Las aseguradoras, al realizar su due diligence, ya no se conforman con la existencia de un manual de cumplimiento; auditan la frecuencia con la que el oficial de cumplimiento se reúne con la Junta y el presupuesto asignado a la mitigación de riesgos.

Las pólizas hoy suelen incluir exclusiones por “conducta deliberadamente negligente”. Esto significa que, si se demuestra que la junta ignoró advertencias recurrentes del regulador o de sus propios auditores, los directores podrían tener que enfrentar defensas legales y pagos resarcitorios con sus propios ahorros, propiedades y patrimonio familiar. En un mercado donde las transacciones son millonarias, una multa administrativa puede ser el menor de los problemas comparado con demandas civiles de inversionistas que aleguen una ruptura del deber de cuidado.

A nivel internacional, la jurisprudencia ha avanzado hacia lo que se conoce como el estándar Caremark. Este principio establece que un director puede ser personalmente responsable si no asegura que exista un sistema de información y controles adecuados, o si, existiendo dicho sistema, no supervisa su funcionamiento. En Panamá, la regulación financiera está adoptando esta visión: la ignorancia no es una exención, es una negligencia.

No basta con recibir un reporte de cumplimiento una vez al año. La responsabilidad fiduciaria exige que la junta directiva analice los informes de auditoría interna y externa con un “escepticismo profesional”. Deben asegurarse de que los planes de remediación propuestos por el regulador se ejecuten en tiempo y forma, pues el incumplimiento reiterado de recomendaciones supervisoras es la prueba reina de la falta de cuidado fiduciario.

La cúpula directiva debe liderar la inversión tecnológica. En la era de las finanzas digitales, algoritmos de alta frecuencia y criptoactivos, alegar desconocimiento técnico sobre patrones de insider trading o trazabilidad de fondos ya no es una excusa aceptable. La sofisticación del crimen organizado requiere una respuesta técnica equivalente.

Dotar a la entidad con herramientas de monitoreo en tiempo real, inteligencia artificial para la detección de anomalías y sistemas de blockchain para la verificación de identidad no es un gasto operativo; es una medida de protección patrimonial para los directores. Un director que aprueba presupuestos robustos para tecnología de cumplimiento está construyendo una prueba documental de su diligencia debida.

Para blindar la gobernanza, es imperativo garantizar la independencia real del oficial de cumplimiento. Persisten estructuras donde esta figura se siente subordinada a los intereses comerciales o a las metas de captación de los socios. Un oficial sin acceso directo al directorio, o con temor a reportar a clientes “estrella”, es el síntoma de una entidad vulnerable.

La estructura ideal debe permitir que el oficial de cumplimiento tenga una “línea directa” con la junta, sin pasar por el filtro de la gerencia general si el caso lo amerita. Este contrapeso es lo que los reguladores internacionales, como el GAFI, observan para determinar si el sistema de un país es robusto o simplemente cosmético.

Panamá compite por capitales que son cada vez más selectivos y éticos. Los inversionistas institucionales auditan hoy el “tone at the top”. Si el mensaje que emana de la sala de juntas es de “cumplir solo para que no nos multen”, esa cultura permeará hasta el último cajero o corredor de bolsa.

La salida definitiva de las listas de monitoreo internacional depende de la efectividad real del sistema, y esa efectividad se gesta en la sala de juntas. Pasar de un cumplimiento reactivo a uno proactivo no solo protege a los individuos, sino que revaloriza los activos locales. En un mundo donde la transparencia es el activo más escaso, el mercado de valores panameño debe diferenciarse por su integridad. La ética no es solo un imperativo moral; es una ventaja competitiva que reduce el costo de capital y atrae socios de mayor prestigio.

Resiliencia ante la crisis: el deber de respuesta

Finalmente, la responsabilidad fiduciaria se pone a prueba en los momentos de crisis. Cuando ocurre un evento de incumplimiento, la reacción de la Junta Directiva define su destino legal. Una directiva que oculta el error o intenta minimizarlo está incurriendo en un agravante. Por el contrario, la autodenuncia, la cooperación con el regulador y la implementación de una investigación interna independiente son las únicas acciones que pueden mitigar la responsabilidad personal de los directores.

La era en la que el cumplimiento era un problema “de otros” ha terminado. En la nueva arquitectura financiera, la ética es una decisión estratégica y la supervisión es una obligación indelegable. Aquellos directores que persistan en la “ceguera voluntaria” se encontrarán navegando en un mar de litigios sin brújula ni protección.

Los directores que comprendan que su rol ha evolucionado hacia una vigilancia activa estarán construyendo instituciones resilientes, capaces de soportar crisis de mercado y escrutinios regulatorios. En última instancia, la confianza es el único valor que, una vez perdido en el mercado, es casi imposible de recuperar. El fin de la ceguera voluntaria es, en realidad, el inicio de una nueva era de profesionalismo financiero para Panamá.

Hoy, los tribunales y reguladores están bajo el escrutinio internacional para demostrar que la impunidad corporativa ha terminado. Por ello, el cumplimiento debe ser visto como el seguro de vida profesional de cada miembro de la junta