Panamá prorroga permiso de protección humanitaria para migrantes en situación irregular

La normativa modifica el Decreto Ejecutivo No. 6 de 2025, buscando optimizar los mecanismos de control migratorio. | Archivo | La Estrella de Panamá
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  • 13/03/2026 19:05

El decreto establece una serie de condiciones estrictas para los solicitantes, diferenciando entre la primera solicitud y la prórroga de seis años.

El presidente José Raúl Mulino, junto al ministro de Seguridad, Frank Ábrego, firmaron este viernes 13 de marzo el Decreto Ejecutivo No. 5. Esta medida prorroga por el término de un año el plazo para que extranjeros en situación irregular soliciten el permiso de protección de seguridad humanitaria.

La normativa modifica el Decreto Ejecutivo No. 6 de 2025, buscando optimizar los mecanismos de control migratorio y garantizar una fiscalización efectiva de los ciudadanos extranjeros que permanecen en el territorio nacional.

Puntos clave de la prórroga y requisitos

El decreto establece una serie de condiciones estrictas para los solicitantes, diferenciando entre la primera solicitud, la prórroga de seis años y la solicitud de residencia permanente.

1. Requisitos para la solicitud inicial

Los extranjeros interesados deberán cumplir, entre otros, con los siguientes documentos:

• Poder y solicitud mediante abogado.

• Copia completa del pasaporte notariado.

• Historial de antecedentes penales de su país de origen (autenticado o apostillado).

• Certificado de salud físico.

• Costos: El trámite para mayores de edad tiene un costo total de $350, mientras que para menores es de $100. Adicionalmente, se incluye un pago de $100 por el permiso de trabajo.

2. Prórroga de seis años

Para aquellos que ya cuentan con el permiso y desean extenderlo por seis años adicionales, el decreto exige:

• Ficha de Seguro Social o Declaración de Renta.

• Historial de antecedentes penales emitido por la DIJ (que certifique que no ha salido del país por más de 30 días).

• Copia actualizada del registro de mano de obra migrante del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

3. Hacia la residencia permanente

El decreto también abre la vía para que los extranjeros opten por la residencia permanente tras cumplir los periodos establecidos, debiendo demostrar su vinculación con el país mediante tres vías:

1. Razones de arraigo: (Casado con panameño o dependiente de residentes).

2. Razones laborales: (Contar con ficha de Seguro Social activa).

3. Razones fiscales: (Estar inscrito como contribuyente y presentar declaraciones de renta).

Contexto y control

La administración Mulino subraya que el Servicio Nacional de Migración y el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral podrán realizar entrevistas de evaluación de manera opcional para determinar la viabilidad de cada permiso. Esta medida busca asegurar que quienes se acojan al beneficio cumplan con los principios de legalidad y orden público.

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