Senadis afirma que funcionario destituido por la UTP mantiene protección laboral

Actualizado
  • 27/01/2020 00:00
Creado
  • 27/01/2020 00:00
Senadis comunicó que reitererá a las autoridadde de la UTP sobre las disposiciones jurídicas que amparan a personas con discapaciadd al padre, madre o tutor de la misma

La Secretaría Nacional de Discapacidad (Senadis), determinó que el funcionario Gabriel Orlando Herrera, padre de una menor discapacitada y que recientemente fue destituido por las autoridades de la Universidad Tecnológica de Panamá (UTP), a cargo del Rector, Hector Montemayor, mantiene por ley una protección laboral.

Rector de la UTP, Héctor Montemayor.

La respuesta de la entidad se produce tras una denuncia intepuesta en contra del Rector Montemayo por el abogado Justino González, ante esta Secretaría el pasado 21 de enero relacionada con la desvinculación laboral de su representado quien trabajaba como diseñador gráfico en la UTP.

Frente a esta petición, la Senadis fue enfática en señalar que existen normas aplicables de protección laboral para los padres de personas con discapacidad, que se encuentran consagradas en nuestro ordenamiento jurídico, tal como lo establece el artículo 54 de la Ley 15 de 31 de mayo de 2016, que reforma la Ley 42 de 1999, que establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad.

Este artículo 54 que adiciona el artículo 45-A a la Ley 42 de 1999 señala que: “La persona con discapacidad, padres, madres, tutor o el representante legal de la persona con discapaciad; no podrá ser despedido o destituido ni desmejorado en su posición o salario, salvo que el empleador o superior jerárquico acredite con antelación una causal establecida en la ley que justifique la terminación de la relación laboral”.

Herrera fue señalado por el rector Montemayor, por la presunta desaparición de información de un disco duro, sin embargo, la Fiscalía Especializada en Delitos Contra la Propiedad Intelectual del Ministerio Público, concluyó que el funcionario no es responsable de la pérdida intencional de información de un disco duro extraíble de la computadora del Departamento de Diseño Gráfico de esa unidad académica.

“No hay causal de destitución”

Al respecto, Justino González, abogado del funcionario destituido afirmó que evidentemente no existe causal alguna para la destitución o despido de su defendido.

Afirmó incluso que el proceso administrativo con el cual finalmente se decide la destitución de Herrera, inició después del pronunciamiento del Ministerio Público que lo liberó de responsabilidad del hecho contra él denunciado.

Recordó que la Universidad Tecnológica de Panamá (UTP), también ignoró la recomendación de la Defensoría del Pueblo para reintegrar a su defendido y pagarle sus salarios caídos.

“La decisión de destituir a Gabriel Orlando Herrera es violatoria de los derechos humanos de su hija, por ser mi representado el único sustento económico de la misma, situación que ya es del conocimiento del Rector de la UTP y que a la fecha ha desconocido”, advirtió González.

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