El derecho a saber qué compramos

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  • 16/07/2026 12:22

La nueva Ley 543 de 2026 busca que los consumidores identifiquen con claridad el origen de los alimentos y distingan los productos originales de los sucedáneos e imitaciones

Frente a un anaquel de un supermercado, un consumidor puede encontrar productos con envases muy similares, aunque con composiciones distintas. Uno puede ser leche y otro una bebida láctea; uno queso y otro un producto elaborado con grasas vegetales. A simple vista parecen iguales, pero no lo son. ¿Cuenta el consumidor con la información suficiente para diferenciarlos? Esa es la pregunta que busca responder la Ley 543 de 7 de julio de 2026.

La información constituye uno de los derechos fundamentales de los consumidores. Solo cuando una persona conoce las características, el origen y la composición de un producto puede comparar alternativas y tomar una decisión de compra libre e informada. En una economía con una oferta cada vez más amplia y diversa, la transparencia fortalece tanto la protección del consumidor como la confianza en el mercado.

La Ley 543, que sustituye la Ley 113 de 18 de noviembre de 2019, busca reforzar ese derecho mediante nuevas obligaciones para quienes comercializan alimentos. Además de exigir la identificación del origen de los productos, incorpora reglas específicas para la identificación y exhibición de los productos sucedáneos o de imitación.

Los establecimientos comerciales deberán indicar de forma visible si un alimento es de origen nacional o importado, señalando además su país de procedencia. Asimismo, los productos sucedáneos o de imitación deberán identificarse claramente y mantenerse separados de los originales, reduciendo el riesgo de confusión al momento de la compra.

La ley no prohíbe la venta de estos productos ni restringe la libre competencia. Su propósito es que el consumidor disponga de información suficiente para decidir con libertad qué producto adquirir.

En los supermercados es frecuente encontrar bebidas lácteas que no son leche, productos elaborados con grasas vegetales exhibidos junto a quesos tradicionales o postres congelados que pueden confundirse con helados. Todos pueden comercializarse legalmente; lo importante es que el consumidor conozca con claridad qué está comprando.

Los productos sucedáneos no son necesariamente de menor calidad. Se elaboran con ingredientes o procesos distintos a los del producto original y, en muchos casos, presentan características nutricionales diferentes. La finalidad de la norma no es establecer cuál producto es mejor, sino garantizar que el consumidor pueda diferenciarlos y escoger el que mejor responda a sus preferencias, necesidades o presupuesto.

Desde el punto de vista económico, este tema se relaciona con la asimetría de la información, situación en la que una de las partes dispone de más información que la otra. Cuando esto ocurre, la decisión de compra puede verse afectada. Reducir esa brecha constituye uno de los principios fundamentales de la protección al consumidor y favorece mercados más transparentes y competitivos.

Este enfoque coincide con las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor, que reconocen el acceso a información adecuada como un elemento esencial para que las personas puedan tomar decisiones de consumo responsables.

La Ley 543 también dispone que los productos alimenticios importados deberán comercializarse respetando las condiciones en que ingresaron al país. En el caso de los productos cárnicos congelados, estos no podrán descongelarse ni ofrecerse como si fueran productos frescos nacionales, reforzando el derecho de los consumidores a recibir información veraz.

La normativa entrará en vigencia el 7 de julio de 2027, otorgando un período de adaptación para que productores, importadores, distribuidores y comercios adecuen la identificación y exhibición de sus productos.

En definitiva, la Ley 543 de 2026 representa un avance para la protección del consumidor, porque reafirma un principio esencial: la libertad de elegir solo puede ejercerse plenamente cuando está respaldada por información clara, suficiente y veraz. Consumidores mejor informados toman mejores decisiones, y ello contribuye a mercados más transparentes, competitivos y confiables para todos.

El autor es publirrelacionista y analista de información