¡Hay que enmendar la contumacia presupuestaria!
- 07/08/2025 00:00
Comprobada hasta la saciedad la manifiesta contumacia del Ministerio de Economía y Finanzas al seguir presentando proyectos del Presupuesto General del Estado que, primero, no cumplen con los mandatos constitucionales y, segundo, que ni medianamente permiten hacerse una idea o definen cuál es la política fiscal del gobierno, será responsabilidad de la Asamblea Nacional tomar las riendas del asunto, analizar y debatir exhaustivamente sus previsiones para reencauzar sobre bases realistas ese instrumento fundamental.
En los artículos de las dos semanas previas, cité varios de los mandatos constitucionales violados, una y otra vez, por los pasados y el presente gobierno. Este, cuando solicitaba el voto, entre sus promesas estuvo corregir los errores del pasado y manejar con responsabilidad las finanzas públicas, pero ni en el manejo del presupuesto heredado del 2024, ni en el del 2025, con el que supuestamente se empezaría a poner orden, y mucho menos en el proyecto para el 2026, pueden encontrarse signos de que exista intención de cumplir las promesas electorales.
Para comenzar a ordenar el tema presupuestario, como primera medida la Asamblea debe exigir que el Ejecutivo cumpla con la obligación constitucional que le impone el numeral 8 del artículo 161, del que está en mora agravada, pues debió hacerlo el pasado mes de marzo, de presentar “la Cuenta General del Tesoro”, para el examen y deslinde de responsabilidades que le compete realizar al órgano Legislativo.
Una segunda medida debe ser exigirle al Ejecutivo, no que presente una estimación de los ingresos y los gastos proyectados para el resto del período constitucional, lo que sería como pedir peras al olmo, pero que, por lo menos, sustente cómo se llegará a cumplir con la norma constitucional que ordena que en los proyectos de los presupuestos los gastos no excedan a los ingresos. A esos fines, es impostergable la revisión y reforma y, si se fuera más consecuente, la derogación, por ser inconstitucional, de la mal llamada “Ley de Responsabilidad Fiscal”, mediante la cual se patrocina y justifica el incumplimiento del artículo 270 de la Constitución.
Una tercera medida, importante e impostergable es que, con cifras creíbles, el ministro del ramo presente y explique por qué la evasión y la defraudación fiscal ha llegado a los niveles que él mismo ha denunciado y cuáles son las acciones que ejecutarán para recuperar esos ingresos.
Una cuarta medida debe ser exigir que el órgano Ejecutivo presente, antes de que se entre a la discusión específica del proyecto del Presupuesto, por cuanto mediante ella se ordenaría un aspecto básico en la administración del Estado, el proyecto de la “Ley general de sueldos” que debe dictar la Asamblea en cumplimiento del numeral 2 del artículo 159 de la Constitución.
Una quinta medida debe ser, con base en el numeral 11 del artículo 159 de la Constitución, que la Asamblea establezca, mediante ley, las normas generales a la cuales deben someterse tanto el Ejecutivo como todas las entidades del Estado “para negociar y contratar empréstitos; organizar el crédito público; reconocer la deuda nacional y arreglar su servicio; fijar y modificar los aranceles, tasas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas”.
De dictarse esas normas, la Asamblea, mediante su poder fiscalizador podría, como debe ser, controlar el endeudamiento público y “meter en cintura al Ejecutivo” para que no siga aumentándolo, como ha sido la práctica recurrente y malsana de todos los gobiernos recientes y del actual.
Una sexta medida debe consistir en solicitar al Ejecutivo que explique y sustente si, durante el proceso de preparación del proyecto del Presupuesto, se le dio cumplimiento al numeral 3 del artículo 255 de la Constitución. Esta norma atribuye a los Consejos Provinciales “Preparar el plan de obras públicas, de inversiones y de servicios públicos de la provincia y supervisar su ejecución”.
Observar y cumplir estrictamente con esa norma serviría para reemplazar “el centralismo presupuestario” y para dar protagonismo, “de abajo hacia arriba” y no a la inversa como ocurre ahora, a quienes, por ser los receptores directos de la acción gubernamental, deben ser oídos para orientarla hacia el mayor beneficio de sus circunscripciones territoriales.
Finalmente, para reordenar el desordenado proceso presupuestario panameño, lo menos conveniente son las prisas. La Asamblea debe realizar su análisis con mesura y con amplia información. En los tres meses que restan de la presente legislatura esa tarea puede cumplirse para que constituya el punto de inflexión en el adecuado manejo de las finanzas públicas. La Asamblea Nacional puede ser ese catalizador y ganar estatura, de la que está necesitada, en la opinión pública.