¡La engañifa de pagar deuda con más deuda!
- 26/03/2026 00:00
Por cuanto la definición de engañifa es: “Engaño artificioso con apariencia de utilidad”, esa calificación viene muy apropiada para aplicarla a las nuevas justificaciones con las que el titular del MEF intenta convencer al país de que seguir endeudándonos es el camino para liberarnos de la hipoteca que se nos sigue imponiendo con los sucesivos e irresponsables aumentos de la deuda pública.
La teoría del funcionario de marras es que contrayendo nuevas deudas para pagar las que han vencido o están por vencer, se consiguen ahorros en los intereses. Esta afirmación, que está muy lejos de poder ser comprobada mediante análisis específicos independientes, además, ha sido complementada con la afirmación de que mediante esta “brillante estrategia”, para finales de la presente década se detendría el aumento progresivo de la deuda pública y esta comenzará a equilibrarse, que no a descender.
Nadie sale de deudas contrayendo más deudas; posponerlas no es pagarlas; la única vía o forma para salir de deudas es pagándolas. Lo está haciendo el actual gobierno configura un auténtico escapismo: sacudirse de sus responsabilidades para que las asuma quien lo suceda.
Hace unos cuantos días nos desayunaron con el anuncio de otro de los “logros financieros” del presente gobierno. La nueva receta maravillosa, palabras más palabras menos, fue la revelación de que, por la decisión de todos sus miembros, mediante el Decreto de Gabinete Número 1-26, del 17 de marzo, se había modificado el Decreto de Gabinete Número 33 de 6 de agosto de 2024. El Decreto de Gabinete 33, que fue aprobado cuando apenas habían transcurrido 36 días del nuevo gobierno disponía: “Autorizar a la República de Panamá, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, a “suscribir estructuras de financiamiento” (eufemismo para disfrazar préstamos) para atender las necesidades de liquidez estacional del Estado”. El límite autorizado fue la suma de 3,000 millones.
Cuando apenas habían transcurrido otros 6 meses, en febrero de 2025, el susodicho Decreto fue modificado para aumentar la autorización para “suscribir estructuras de financiamiento” por un monto que duplicaba el anterior. Por la última reforma hecha mediante el Decreto 1-26, el monto original fijado en el Decreto de Gabinete 33, ha saltado a 12,000 millones, o sea, cuatro veces el monto de la primera autorización; con la endeble argumentación de que el Decreto de Gabinete 33, léase bien: “No es una norma estática.” En otras palabras y con ese argumento el gobierno, cuantas veces le venga en ganas, podrá seguir modificándolo y auto autorizándose para seguir suscribiendo nuevas “estructuras de financiamiento”, o sea, más y más préstamos.
Si la validez constitucional del engendro original era dudosa, con mayores razones, multiplicadas por las veces en que se ha aumentado “la autorización”, lo son sus dos modificaciones.
La Constitución, así puede leerse en el numeral 3 del artículo 200, dice que son funciones del Consejo de Gabinete: “3. Acordar la celebración de contratos, la negociación de empréstitos, . . . , según lo determine la Ley.” La misma Constitución, en el artículo 159, al detallar las funciones de la Asamblea Nacional, en el numeral 11, dice que a esta le corresponde “dictar las normas generales o específicas a las cuales deben sujetarse el Órgano Ejecutivo, las entidades autónomas y semiautónomas . . . para los siguientes efectos: negociar y contratar empréstitos; organizar el crédito público; reconocer la deuda nacional y arreglar su servicio”.
En las decisiones que sobre esas materias han venido adoptando los sucesivos gobiernos, en ninguna existe referencia a que estén fundamentadas en esas normas generales o específicas contenidas en una ley precedente dictada por la Asamblea Nacional, lo que permite suponer que no existe o que, si existe, deliberadamente se la ha ignorado.
El peligro que para el futuro y la estabilidad financiera de la nación se deriva de que la deuda pública siga aumentando descontroladamente, por la decisión exclusiva de los gobernantes en turno, impone que, con “urgencia notoria”, en el parlamento se abra el debate para regular esta materia y corregir el actual y evidente desgreño.