Ley 500 de 2025: cuando tres alternativas se convierten en una

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  • 22/09/2026 00:00

La Ley 500 de 24 de noviembre de 2025 modificó los requisitos para obtener la idoneidad necesaria para ejercer la abogacía en Panamá. Aunque establece tres alternativas para acreditar los conocimientos profesionales, no todas están disponibles para quienes comenzaron la carrera de Derecho antes de su promulgación. Este grupo inició y desarrolló su formación universitaria bajo reglas diferentes. Algunos se encontraban próximos a graduarse; otros ya habían culminado Sus estudios o realizaban los trámites para recibir su diploma cuando entró en vigor la nueva ley.

La Ley 500 contempla tres opciones: aprobar el examen profesional de acceso al ejercicio de la abogacía; presentar una tesis de graduación publicada en una revista jurídica indexada o especializada; o prestar tres meses de servicio voluntario no remunerado en despachos y juzgados del Órgano Judicial, en el Ministerio Público o en instituciones públicas que cuenten con oficinas de asesoría legal. Sin embargo, la propia ley dispone que el examen profesional se aplicará únicamente a quienes inicien la carrera de Derecho después de su promulgación. En consecuencia, quienes ya cursaban la carrera, habían culminado sus estudios 0 estaban a la espera de recibir su diploma quedaron excluidos de esta alternativa.

La opción de la tesis tampoco resulta viable para quienes escogieron y completaron otra modalidad de graduación. No parece razonable exigirle a una persona que regrese a la universidad para cambiar retroactivamente la forma en que culminó sus estudios, especialmente cuando ya cumplió con todos los requisitos académicos establecidos en su momento.

Por tanto, para una parte importante de este grupo, el servicio voluntario no remunerado durante tres meses deja de ser una opción entre varias y se convierte, en la práctica, en el único camino para obtener la idoneidad. Allí se encuentra el problema central de la reforma: una ley que formalmente ofrece tres alternativas termina dejando una sola a quienes iniciaron su formación jurídica bajo reglas diferentes.

Muchos de los afectados trabajan y dependen de su salario. Algunos tienen hijos, sostienen a sus familias 0 deben cumplir compromisos económicos. Dejar el empleo durante tresmeses para prestar un servicio sin remuneración no constituye una posibilidad real para todos. Tampoco resulta sencillo cumplir el voluntariado mientras mantienen su trabajo, pues los horarios suelen coincidir con la jornada laboral.

A ello se suman los gastos de transporte, alimentación y otros costos que deben asumir durante ese periodo. En estas condiciones, la obtención de la idoneidad puede terminar dependiendo no solo de la preparación jurídica, sino también de la disponibilidad de tiempo y de la capacidad económica para permanecer tres meses sin recibir ingresos.

EI problema no radica en establecer requisitos para ejercer la abogacía. La preparación profesional y ética debe ser evaluada. La dificultad surge cuando las alternativas previstas no pueden ser utilizadas en igualdad de condiciones por quienes quedaron entre el régimen anterior y el creado por la Ley 500. Esta situación ha motivado la presentación de dos iniciativas legislativas. La propuesta del diputado Manuel Cheng Peñalba busca ampliar el acceso al examen profesional, flexibilizar la opción relacionada con la tesis y permitir que el servicio voluntario se cumpla mediante jornadas parciales, horarios nocturnos o durante los fines de semana.

Por su parte, la iniciativa de la diputada Shirley Castañedas propone establecer un régimen de transición para quienes comenzaron sus estudios de Derecho antes del 24 de noviembre de 2025. Su finalidad es evitar que las nuevas condiciones afecten de la misma manera a quienes iniciaron su formación bajo reglas distintas.

Ambas propuestas demuestran que la controversia continúa abierta. Aunque plantean soluciones diferentes, coinciden en la necesidad de atender la situación de quienes no tienen acceso efectivo a las tres alternativas anunciadas por la ley.

La Asamblea Nacional tiene la oportunidad de encontrar una solución equilibrada. Ampliar el acceso al examen profesional, permitir horarios flexibles para el voluntariado y establecer un régimen de transición son medidas que pueden preservar la exigencia profesional sin desconocer la seguridad jurídica ni la realidad económica de los afectados. Trabajar y depender de un salario no debería convertirse en un impedimento para ejercer una profesión Cuya formación universitaria ya fue completada. La exigencia de preparación debe mantenerse, pero también debe garantizarse que las opciones establecidas por la ley sean verdaderamente accesibles.

* Abogado